Flores, Lorena Romina c/ Giménez, Marcelino Osvaldo y otro s/ daños y perjuicios
La Corte Suprema analizó la validez del límite de cobertura establecido en el contrato de seguro obligatorio automotor. La decisión mayoritaria consideró oponible el límite de cobertura a la víctima, mientras que los votos disidentes consideraron inadmisible el recurso extraordinario.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Validez del límite de cobertura establecido en el contrato de seguro obligatorio automotor
Oponibilidad del límite de la cobertura al damnificado
- Daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito
- Responsabilidad de la aseguradora citada en garantía
- Voto conjunto de los Jueces Lorenzetti y Highton de Nolasco: los contratos tienen efectos entre las partes y no pueden beneficiar ni perjudicar a terceros
- La relación que vincula a la víctima con la aseguradora es independiente de aquella que se entabla entre esta y el asegurado
- Carece de fuente jurídica la pretensión de que la aseguradora se haga cargo del pago de la indemnización más allá de las limitaciones del contrato
- Voto del Juez Rosenkrantz: Finalidad del instituto del seguro obligatorio del automotor
- Violación al derecho de propiedad de la aseguradora
- Omisión de aplicar normas legales vigentes sin declarar su inconstitucionalidad
- Se deja sin efecto la sentencia que había declarado inoponible a la actora el límite de cobertura establecido en la póliza
- Disidencia de los Jueces Maqueda y Rosatti: Recurso extraordinario inadmisible (art. 280 CPCCN)
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