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Tribunal Superior

RUBINSTEIN MAXIMILIANO JULIO C/ EXPERTA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCIÓN ESPECIAL.

El actor reclamó por accidente de trabajo contra la Aseguradora de Riesgos del Trabajo. La Suprema Corte hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, declaró inconstitucional en el caso las prescripciones del DNU 669/2019 y revocó la sentencia impugnada, remitiendo los autos al tribunal de origen para nuevo pronunciamiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
RL-134269
Recurso extraordinario Inaplicabilidad de ley Dnu 669/2019 Inconstitucionalidad Accidente de trabajo Art Reformatio in pejus Remision a tribunal de origen Costas Suprema corte de justicia (provincia de buenos aires)

¿Quién es el actor?

RUBINSTEIN MAXIMILIANO JULIO.

¿A quién se demanda?

EXPERTA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción especial por accidente de trabajo (pretensión contra la ART; en la causa se debate la aplicabilidad del DNU 669/2019).

¿Qué se resolvió?

La Suprema Corte hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley y, por mayoría, revocó la sentencia que aplicó las prescripciones del DNU 669/2019, declarando la inconstitucionalidad de dicho DNU en el caso; ordenó remitir los autos al tribunal de origen para que, integrado con otros jueces y respetando la prohibición de reformatio in pejus, dicte nuevo pronunciamiento. Se impusieron las costas de esta instancia por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los agravios planteados por la recurrente hallan adecuada respuesta en lo expresado por este Superior Tribunal al decidir en la causa L. 129.800, 'Muzychuk' (sent. de 14-VII-2025) y su progenie (L. 128.977, 'Chocobar', sent. de 13-III-2026; L. 127.690, 'Ovejero', sent. de 26-V-2026 y L. 130.546, 'Paszkiewich', sent. de 23-VI-2026'; entre muchos otros), a cuyas conclusiones y fundamentos corresponde remitir por razones de economía y sencillez (art. 31 bis, tercer párrafo, ley 5.827 y modif.); resultando ello suficiente para resolver la impugnación traída."

"RESUELVE:

Hacer lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley traído y, en consecuencia, revocar la sentencia impugnada en cuanto aplicó las prescripciones del decreto de necesidad y urgencia 669/2019, cuya inconstitucionalidad -en el caso- se declara. Los autos se remiten al tribunal de origen para que, integrado con otros jueces, y en resguardo del principio que veda la reformatio in pejus, dicte nuevo pronunciamiento."

¿Cómo votaron los jueces?

El Acuerdo consta de votos del señor Juez Torres, la señora Jueza Kogan y el señor Juez Kohan; el señor Juez Soria acompañó lo resuelto por sus colegas (salvando su opinión previa en Ovejero). El dispositivo final (RESUELVE) es el mandato de la mayoría y prevalece sobre propuestas individuales.

Normas que cita

  • Ley 5.827 (Provincia De Buenos Aires)art. 31 bis
  • Decreto 669/2019
  • CPCC (Provincia De Buenos Aires)arts. 68, 289

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