JurisprudenciaARG
Tribunal Superior

ESCUBILLA CRISTIAN GERARDO C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCIÓN ESPECIAL.

Acción especial por accidente de trabajo contra la aseguradora Federación Patronal Seguros S.A. La Suprema Corte declaró la inaplicabilidad e inconstitucionalidad, en el caso, de las prescripciones del DNU 669/2019 que había aplicado la sentencia impugnada y revocó esa parte, remituiendo el expediente para nuevo pronunciamiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
RL-135923
Recurso extraordinario Inaplicabilidad de ley Dnu 669/2019 Inconstitucionalidad Accidente de trabajo Accion especial Suprema corte de justicia (provincia de buenos aires) Remision para nuevo pronunciamiento Costas Precedentes (muzychuk Chocobar Ovejero Paszkiewich).

¿Quién es el actor?

Escubilla Cristian Gerardo.

¿A quién se demanda?

Federación Patronal Seguros S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción especial por accidente de trabajo (reclamo derivado de accidente de trabajo contra la aseguradora).

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley y se revocó la sentencia impugnada en cuanto aplicó las prescripciones del Decreto de Necesidad y Urgencia 669/2019, cuya inconstitucionalidad —en el caso— se declaró. Los autos se remitieron al tribunal de origen para que, integrado con otros jueces, dicte nuevo pronunciamiento. Se impusieron las costas del recurso extraordinario y de la queja por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los agravios planteados por la recurrente hallan adecuada respuesta en lo expresado por este Superior Tribunal al decidir en la causa L. 129.800, 'Muzychuk' (sent. de 14-VII-2025) y su progenie (L. 128.977, 'Chocobar', sent. de 13-III-2026; L. 127.690, 'Ovejero', sent. de 26-V-2026 y L. 130.546, 'Paszkiewich', sent. de 23-VI-2026'; entre muchos otros), a cuyas conclusiones y fundamentos corresponde remitir por razones de economía y sencillez (art. 31 bis, tercer párrafo, ley 5.827 y modif.); resultando ello suficiente para resolver la impugnación traída."

"Hacer lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley traído y, en consecuencia, revocar la sentencia impugnada en cuanto aplicó las prescripciones del decreto de necesidad y urgencia 669/2019, cuya inconstitucionalidad -en el caso- se declara. Los autos se remiten al tribunal de origen para que, integrado con otros jueces, dicte nuevo pronunciamiento."

"Las costas del recurso extraordinario que se resuelve, así como las de la queja, se imponen por su orden, en atención a la naturaleza de la cuestión debatida y al modo en que se resuelve (arts. 68 segundo párrafo y 289, CPCC)."

¿Cómo votaron los jueces?

Los votos unitarios de los Dres. Torres, Kogan y Kohan integran la decisión que se explica por remisión a precedentes de la Corte (Muzychuk y su progenie). El Dr. Soria acompaña lo resuelto por sus colegas, "dejando a salvo mi opinión expuesta en la causa L. 127.690, 'Ovejero' (sent. de 26-V-2026)". La decisión colectiva consta en el bloque dispositivo final que ordena la revocación y declaración de inconstitucionalidad respecto del DNU 669/2019.

Normas que cita

  • Ley 5.827 (Provincia De Buenos Aires)art. 31 bis
  • Decreto-ley 669/2019

Fallos que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.