BIGONGIARI ADRIANA TERESITA Y OTRO/A C/ SWISS MEDICAL ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S/ ACCIDENTE IN-ITINERE.
Los actores promovieron acción por accidente in itinere contra Swiss Medical ART reclamando prestaciones por daño. La Corte hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, declaró inconstitucional en el caso la aplicación del DNU 669/2019 y ordenó remitir las actuaciones al tribunal de origen para nuevo pronunciamiento.
¿Quién es el actor?
BIGONGIARI ADRIANA TERESITA y otro/a.
¿A quién se demanda?
SWISS MEDICAL ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Accidente in itinere; reclamación de prestaciones/indemnización derivadas del accidente laboral (según rubro del expediente).
¿Qué se resolvió?
La Suprema Corte hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, revocó la sentencia impugnada en cuanto aplicó las prescripciones del Decreto de Necesidad y Urgencia 669/2019, y declaró la inconstitucionalidad de dicho decreto en el caso. Ordenó remitir los autos al tribunal de origen para que, integrado con otros jueces y en resguardo del principio que veda la reformatio in pejus, dicte nuevo pronunciamiento. Impuso las costas de esta instancia por su orden.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los agravios planteados por la recurrente, hallan adecuada respuesta en lo expresado por este Superior Tribunal al decidir en las causas L. 127.690, 'Ovejero' (sent. de 26-V-2026) y L. 129.800, 'Muzychuk' (sent. de 14-VII-2025), a cuyas conclusiones y fundamentos corresponde remitir por razones de economía y sencillez (art. 31 bis, tercer párrafo, ley 5.827 y modif.); resultando ello suficiente para resolver la impugnación traída."
"Atento la solución que se propicia, resulta innecesario abordar el restante cuestionamiento por el que controvierte la aplicación de una tasa de interés sobre el capital actualizado conforme las normas del decreto 669/2019."
Bloque dispositivo final (decisión mayoritaria, texto literal):
"RESUELVE:
Hacer lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley traído y, en consecuencia, revocar la sentencia impugnada en cuanto aplicó las prescripciones del decreto de necesidad y urgencia 669/2019, cuya inconstitucionalidad -en el caso- se declara. Los autos se remiten al tribunal de origen para que, integrado con otros jueces, y en resguardo del principio que veda la reformatio in pejus, dicte nuevo pronunciamiento.
Las costas de esta instancia se imponen por su orden, en atención a la naturaleza de la cuestión debatida y al modo en que se resuelve (arts. 68 segundo párrafo y 289, CPCC)."
¿Cómo votaron los jueces?
Los Dres. Torres, Kogan y Kohan integran el voto que propone la solución; el Dr. Soria acompaña lo resuelto por sus colegas en la votación (con expresa referencia a su opinión en la causa L. 127.690). El dispositivo final contiene la decisión de la mayoría.
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Normas que cita
- Decreto 669/2019
- Ley 5.827 (Provincia De Buenos Aires)art. 31 bis
Fallos que cita
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