JurisprudenciaARG
Tribunal Superior

Biscossi, Guillermo Daniel contra Transporte Hernán Miglioranza S.R.L. y otro/a. Despido

El actor demandó por despido y diferencias salariales por deficiente registración y pago insuficiente de kilómetros, viáticos y horas extras. La Corte declaró parcialmente procedente el recurso extraordinario, revocó la calificación de los créditos como deudas de valor y la consecuente declaración de inconstitucionalidad de artículos del LCT, y ordenó que el tribunal de origen dicte un nuevo pronunciamiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
L-128268
Despido Diferencias salariales Art. 39 ley 11.653 Deuda de valor Inconstitucionalidad Principio de congruencia Actualizacion de creditos Indemnizacion (art. 245 lct) Recurso extraordinario Remision a origen.

¿Quién es el actor?

Guillermo Daniel Biscossi.

¿A quién se demanda?

Transporte Hernán Miglioranza S.R.L. y, solidariamente, Hernán Miglioranza.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnizaciones y rubros derivados de despido sin causa (art. 232, 233 y 245 LCT), diferencias salariales por deficiente registración de kilómetros y ajustes de viáticos, horas extras, pernoctada y permanencia fuera de la residencia habitual; más los resarcimientos de las leyes 25.323 arts. 1 y 2.

¿Qué se resolvió?

La Suprema Corte hizo lugar parcialmente al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley y confirmó la procedencia en cuanto a las diferencias salariales reconocidas por el juzgador de grado, pero revocó la porción de la sentencia que calificó los créditos reclamados como "deudas de valor" y, en consecuencia, la declaración de inconstitucionalidad de los arts. 123, 155, 232 y 245 de la Ley de Contrato de Trabajo; remitió autos al tribunal de origen para que, con diferente integración, dicte un nuevo fallo. Costas de esta instancia por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El tribunal interviniente hizo lugar a la demanda promovida por Guillermo Daniel Biscossi y, en consecuencia, condenó a Transporte Hernán Miglioranza S.R.L. y, solidariamente, al señor Hernán Miglioranza al pago de las indemnizaciones por antigüedad y sustitutiva del preaviso, integración del mes de despido, haberes del mes de abril y mayo de 2018, sueldo anual complementario y vacaciones proporcionales, diferencias de haberes, y los resarcimientos previstos en los arts. 1 y 2 de la ley 25.323."

"Con base en el déficit registral apuntado, juzgó procedente -a la luz de la declaración jurada prestada en el escrito de inicio- la aplicación de la presunción legal prevista en el art. 39 de la ley 11.653, por lo que tuvo por acreditado que los kilómetros efectivamente recorridos ascendían a 10.000 mensuales. Con pie en ello, declaró que correspondía ajustar la liquidación de los rubros 'viáticos' y 'horas extras', incluir el ítem 'pernoctada', y adecuar el concepto denominado 'permanencia fuera de su residencia habitual'."

"La decisión atacada se apartó de la pretensión actoral conforme fuera articulada en el escrito liminar del proceso, lo que pone en evidencia -reitero- el quebranto del principio de congruencia y de los preceptos y la doctrina legal cuya transgresión se invoca en este fragmento de la impugnación. Así las cosas, ... debe revocarse la sentencia de grado en cuanto juzgó que las indemnizaciones y demás créditos cuya procedencia fue declarada en la sede ordinaria constituyen deudas de valor, lo que conlleva a casar -asimismo- aquella parcela concerniente a la declaración de inconstitucionalidad de los arts. 123, 155, 232 y 245 de la Ley de Contrato de Trabajo por constituir natural derivación de dicha motivación."

¿Cómo votaron los jueces?

La ponencia de la Dra. Kogan fue acompañada por los Dres. Genoud, Torres y Soria; la decisión de revocar la calificación como deuda de valor y la declaración de inconstitucionalidad fue la solución de la mayoría.

Leyes que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.