Cuello, Gonzalo Ricardo contra DIACSA S.A. y otro/a. Accidente de Trabajo-acción especial
Reclamo laboral por despido y rubros indemnizatorios, plus salarios y comisiones. La Suprema Corte hizo lugar parcialmente al recurso extraordinario: revocó aspectos de la sentencia de grado (suspensión de la prescripción, fecha de ingreso, apreciación formal del despido y valoración de la falta) y remitió autos al juez de origen para nueva integración, pronunciamiento y liquidación.
¿Quién es el actor?
Gonzalo Ricardo Cuello.
¿A quién se demanda?
DIACSA S.A. (y otra sociedad vinculada identificada en autos).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
acción laboral por despido —petición de salarios adeudados, sueldo anual complementario, vacaciones, rubros derivados del despido, horas extras, comisiones no registradas y multas (arts. 9 y 15 Ley 24.013; art. 2 Ley 25.323; art. 80 LCT), más sanción por temeridad y malicia y entrega de certificaciones laborales.
¿Qué se resolvió?
La Suprema Corte hizo lugar parcialmente al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley. Revocó la sentencia de primera instancia en los puntos relativos a la suspensión oficiosa de la prescripción, a la determinación de la fecha de ingreso, a la apreciación formal del cumplimiento del art. 243 LCT y a la valoración sobre la gravedad de la falta (art. 242 LCT), y remitió los autos al tribunal de origen para que, con diferente integración, dicte nuevo pronunciamiento y efectúe nueva liquidación. Las costas de la instancia extraordinaria se imponen por su orden.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Si bien es cierto que el interesado desatiende el primero de los argumentos dados en el fallo impugnado, no lo es menos que ataca -de modo concreto y eficaz- la segunda línea de razonamiento introducida por el tribunal de origen al abordar dicha defensa, en la que se ocupó de declarar suspendido el plazo prescriptivo, aspecto que, sin lugar a dudas, debe atenderse porque tiene gravitación sobre el reclamo de diferencias salariales... Corresponde hacer lugar a esta parcela del remedio traído y revocar este fragmento de la decisión de grado, debiendo practicarse en la instancia de origen nueva liquidación con los alcances que se desprenden de la solución que aquí propicio." (párrafo III.2.b/III.2)
"Cuando el juzgador de grado concluyó '...probado que Gonzalo Ricardo Cuello ingresó a trabajar bajo dependencia de 'Aloise' (empresa explotada actualmente por 'DIACSA S.A.') el día 1/5/1998...' incurrió -como bien se denuncia en el embate- en violación de la doctrina legal forjada sobre el principio de congruencia y, con ello, en un abierto avasallamiento del derecho de defensa... Corresponde revocar la sentencia en este tramo... Los autos deberán remitirse a la instancia de grado a fin de que, con nueva integración, el tribunal se pronuncie sobre esta cuestión litigiosa..." (párrafo III.3.c/III.3.d)
"En autos, el despido dispuesto por la empleadora se amparó en el hecho de que el señor Cuello protagonizó una pelea en su horario de trabajo, con indicación de la fecha del acontecimiento... De esta manera, el hecho invocado por el principal para fundar la rescisión contractual no condujo al dependiente a equívocos respecto de la circunstancia a cuya ocurrencia se aludió... Corolario de lo dicho es que este tramo del recurso debe declararse procedente, y que la decisión de grado, con arreglo a la cual el tribunal de la causa juzgó que -en el caso- la demandada incumplió la manda del art. 243 de la citada ley debe revocarse..." (párrafo III.5.b/III.5.c)
"La reproducción en esta Sede extraordinaria de la videograbación de dicho acto procesal... permite conocer fielmente el contenido material y objetivo de las declaraciones... Esta plataforma fáctica evidencia que la prueba testimonial aportada es apta para concluir que el hecho protagonizado por el trabajador denota una conducta que no puede simplificarse en una mera discusión, una 'escaramuza menor'... En estas condiciones, a la luz de los hechos probados, los autos deberán remitirse a la instancia de grado para que, con nueva integración, efectúe una nueva valoración del hecho imputado al trabajador en los términos del art. 242 de la Ley de Contrato de Trabajo..." (párrafos III.6.c/III.6.d)
¿Cómo votaron los jueces?
Votaron a favor Torres (ponente), Soria, Kogan y Genoud. Por mayoría se hizo lugar parcialmente al recurso y se dispuso la remisión al a quo con diferente integración.
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Leyes que cita
- Ley 24.013Ley de empleo
- Ley 20.744Ley de contrato de trabajo
- Ley 25.323Contrato de trabajo
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