JurisprudenciaARG
Tribunal Superior

AMX Argentina S.A. contra Municipalidad de General San Martín sobre proceso sumario de ilegitimidad. Recurso extraordinario de inconstitucionalidad.

AMX Argentina S.A. impugnó el pago previo exigido por el segundo párrafo del art. 70 de la ley 13.133 para litigar contra multas municipales en materia de consumo. La Suprema Corte, por mayoría, rechazó el recurso extraordinario de inconstitucionalidad interpuesto por el Fiscal General por insuficiente fundamentación, confirmando la declaración de la Cámara que había cuestionado el requisito.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
A-75325
Ley 13.133 Art. 70 Solve et repete Inconstitucionalidad Recurso extraordinario Defensa del consumidor Pago previo Insuficiente fundamentacion Accesibilidad a la jurisdiccion Suprema corte provincia de buenos aires.

¿Quién es el actor?

AMX Argentina S.A.

¿A quién se demanda?

Municipalidad de General San Martín

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Se cuestionó la exigencia del pago previo (solve et repete) prevista en el segundo párrafo del art. 70 de la ley 13.133 como requisito para acceder a la vía judicial contra multas administrativas en materia de defensa del consumidor.

¿Qué se resolvió?

Por mayoría, la Suprema Corte rechazó el recurso extraordinario de inconstitucionalidad interpuesto por el Fiscal General del Departamento Judicial de San Martín por insuficiente fundamentación, con distribución de costas en el orden causado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El recurso de inconstitucionalidad deducido no resulta autosuficiente, no demuestra debidamente los errores jurídicos que -a juicio del recurrente- padece el fallo que se impugna (conf. causas ...). Sabido es que resulta un requisito indispensable de una adecuada fundamentación de dicho remedio la impugnación concreta, directa y eficaz de las motivaciones esenciales que contiene el pronunciamiento, tarea que no se cumple cuando el impugnante se limita a anteponer una línea argumental distinta a la del juzgador, omitiendo desarticular el basamento primordial del auto atacado..."

"La modificación de la ley provincial en cuestión responde a un 'aggiornamiento' y que respeta la jurisprudencia de la Corte nacional, toda vez que no diferencia a las multas de otros supuestos en la aplicación del solve et repete, por lo que estas se encuentran sometidas únicamente al régimen de excepciones antes descripto."

"La declaración de inconstitucionalidad es un acto de suma gravedad institucional, ya que las leyes gozan de una presunción de legitimidad que obliga a ejercer dicha atribución con sobriedad y prudencia. Añadió que la Cámara debió expresar con total precisión, a más de la norma tachada de inconstitucional, el perjuicio real y efectivo que causaba su cumplimiento, requisitos indispensables para tomar una decisión de tal envergadura."

Bloque dispositivo final (resultado mayoritario): "Por lo expuesto en el acuerdo que antecede, oído el señor Subprocurador General, por mayoría, se rechaza el recurso extraordinario de inconstitucionalidad interpuesto, atento la insuficiencia que porta (conf. arts. 299 y 300, CPCC; 31 bis, ley 5.827 -texto según la ley 13.812-). Las costas se distribuyen en el orden causado..."

¿Cómo votaron los jueces?

La decisión se adoptó por mayoría con los votos en sentido negativo de los Dres. Kogan, Pettigiani, Torres, Soria y Genoud.

Leyes que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.