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Tribunal Superior

Rodríguez, Hugo Eduardo contra House of Fuller Argentina S.A. y otros. Indemnización por antigüedad y otros.

El actor reclamó indemnizaciones laborales y otras prestaciones por una presunta relación de dependencia con House of Fuller y sociedades vinculadas. La Corte hizo lugar parcialmente al recurso extraordinario para revocar la sentencia en cuanto a la base regulatoria de honorarios, disponiendo que no se computen intereses en dicha base, y remitió el expediente al tribunal de origen.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
L-119860
Recurso extraordinario Inaplicabilidad de ley Relacion de dependencia Honorarios Base regulatoria Intereses Lct art. 23 Dec. ley 8.904/77 Costas Revocacion parcial.

¿Quién es el actor?

Hugo Eduardo Rodríguez.

¿A quién se demanda?

House of Fuller Argentina S.A.; Gerard Saint Hubert Parodi; Daniel Ruben Martínez; House of Fuller S.R.L. de C.V.; Artemio Luis Girardi.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Pago de indemnizaciones por antigüedad, sustitutiva del preaviso, sueldo anual complementario, vacaciones proporcionales y penalidades previstas por arts. 8 y 15 de la ley 24.013, 16 de la ley 25.561, 2 de la ley 25.323 y art. 80 LCT; responsabilidad solidaria por cargos societarios (arts. 59 y 274 ley 19.550).

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar parcialmente al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley; se revoca la sentencia de grado únicamente en cuanto a la conformación de la base regulatoria para la fijación de honorarios (no deben incluirse intereses). Se remiten los autos al tribunal de origen para que proceda según lo resuelto. Costas de la instancia por orden (progreso parcial del recurso).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El tribunal de grado rechazó íntegramente la acción que el señor Hugo Eduardo Rodríguez promovió ... mediante la cual les había reclamado el pago de las indemnizaciones por antigüedad, sustitutiva del preaviso, sueldo anual complementario, vacaciones proporcionales y las penalidades previstas por los arts. 8 y 15 de la ley 24.013, 16 de la ley 25.561, 2 de la ley 25.323 y 80 de la Ley de Contrato de Trabajo" (voto I).

"Tales definiciones fácticas -como dije- sólo pueden ser modificadas en la instancia extraordinaria si se denuncia y demuestra acabadamente el absurdo, anomalía que importa la existencia de un error grosero y manifiesto, patentizado a través de conclusiones desviadas de las reglas de la lógica o inconciliables con las constancias objetivas de la causa" (III.1.b).

"En virtud de lo expuesto, corresponde hacer lugar parcialmente al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley traído y, en consecuencia, revocar la sentencia impugnada en cuanto, a los fines de regular honorarios, adicionó intereses al capital reclamado. Los autos deberán volver al tribunal de origen para que dé cumplimiento con lo aquí resuelto, tomando como base económica el monto de capital pretendido en la demanda, sin intereses." (IV).

"Conforme reiterada doctrina de esta Suprema Corte, en caso de aplicación del art. 23 segundo párrafo del decreto ley 8.904/77, la base regulatoria no se integra con intereses, pues la norma no contempla el agregado de tales accesorios ... Consecuentemente, toda vez que en la especie la demanda ha sido íntegramente rechazada, a fin de fijar los estipendios profesionales cabe detraer, de la base, todo cálculo de intereses." (III.2).

¿Cómo votaron los jueces?

Todos los jueces (Pettigiani, Torres, Genoud, Kogan) votaron por la afirmativa; no se registran disidencias.

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