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Tribunal Superior

Alem, Luis Ángel contra Cooperativa Obrera Limitada de Consumo y Vivienda. Despido.

El actor reclamó indemnizaciones por despido, salarios y sanción del art. 2 de la ley 25.323. La Suprema Corte rechazó el recurso extraordinario de nulidad y, por mayoría, hizo lugar al recurso de inaplicabilidad de ley revocando la sentencia de grado por violación del principio de congruencia, y ordenó devolver autos para nuevo pronunciamiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
L-121269
Despido Indemnizaciones Recurso extraordinario Nulidad Inaplicabilidad de ley Principio de congruencia Art. 81 lct (igualdad de trato) Art. 2 ley 25.323 Revocatoria Remision a origen.

¿Quién es el actor?

Luis Ángel Alem.

¿A quién se demanda?

Cooperativa Obrera Limitada de Consumo y Vivienda.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

pago de indemnizaciones derivadas del despido (arts. 231, 233 y 245 LCT), salarios hasta el 28/7/2015, integración del mes y otros rubros; además sanción prevista por art. 2 de la ley 25.323.

¿Qué se resolvió?

la Suprema Corte, por mayoría, rechazó el recurso extraordinario de nulidad y hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por la demandada, revocando la sentencia de primera instancia en cuanto declaró la nulidad del despido por discriminatorio (violación del art. 81 LCT) por contravenir el principio de congruencia; ordenó devolver las actuaciones al tribunal de origen para que, debidamente integrado, renueve actos procesales y dicte nuevo pronunciamiento. Costas a la vencida conforme arts. 298 y 289 CPCC segun corresponda.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Sobre el rechazo del recurso de nulidad:

"Por lo expuesto, corresponde rechazar el recurso extraordinario de nulidad traído, con costas (art. 298, CPCC)."

Sobre la admisión del recurso de inaplicabilidad y la violación del principio de congruencia:

"De lo expuesto se colige, con meridiana claridad, que el capítulo que definió el progreso de la pretensión por despido incausado no fue propuesto a decisión de los jueces de grado, resultando violado el principio de congruencia porque el fallo valoró y decidió sobre circunstancias ajenas a la forma en que fue planteado el reclamo (causas L. 86.587, "Zaccardi", sent. de 21-VI-2006; L. 111.319, "Dimotta", sent. de 20-VIII-2014 y L. 116.830, "Baigorria", sent. de 13-V-2015; arts. 163 inc. 6, CPCC; 47, ley 11.653 y 18, Const. nac.)."

"De suyo, y sin más, corresponde hacer lugar al recurso deducido y revocar el fallo de grado en cuanto declaró extinguido el contrato de trabajo que vinculó al señor Luis Ángel Alem y la Cooperativa Obrera Limitada de Consumo y Vivienda de la localidad de Tres Arroyos por considerar injustificado el despido decidido por el empleador."

Remisión para nueva intervención del juzgador de grado:

"Las actuaciones deberán ser devueltas al tribunal de origen para que, con una nueva integración, renueve los actos procesales que estime necesarios y dicte el pronunciamiento que corresponda con arreglo a lo que aquí se decide, atendiendo a los planteos y defensas esgrimidos por las partes."

¿Cómo votaron los jueces?

El rechazo del recurso de nulidad fue votado por negativa por los Dres. de Lázzari y Soria (y acompañado por Genoud, Kogan y Pettigiani en ese sentido). La admisión del recurso de inaplicabilidad y la revocación de la sentencia de grado fue votada afirmativamente por mayoría (Dres. de Lázzari, Soria, Genoud, Kogan y Pettigiani).

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