Soria, Segundo Sergio c. Badany Gustavo Javier y otro s. Despido.
El actor reclamó indemnizaciones por despido y rubros previstos en la LCT y leyes complementarias. La Suprema Corte rechazó el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley porque las críticas del recurrente no acreditan el vicio extremo (absurdo) que habilita la revisión, confirmando la valoración de la prueba efectuada por el juzgador de grado.
¿Quién es el actor?
Segundo Sergio Soria.
¿A quién se demanda?
Gustavo Javier Badany y otro.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Pago de indemnizaciones por despido y rubros previstos en los arts. 9, 10 y 15 de la ley 24.013; art. 2 de la ley 25.323; art. 80 LCT (y demás indemnizaciones derivadas del despido).
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por el actor y se confirmó, en lo que aquí interesa, la decisión del tribunal de grado que desestimó la demanda por las indemnizaciones solicitadas; se imponen costas (art. 289, CPCC). Sentencia dictada el 2 de junio de 2020.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"III. El recurso no ha de prosperar.
III.1. Este Tribunal tiene dicho que tanto la interpretación del intercambio telegráfico y la valoración del material probatorio, así como la evaluación de la conducta de las partes previa a la rescisión del vínculo laboral y la determinación de las circunstancias en que se produjo la extinción del contrato de trabajo, constituyen facultades privativas de los jueces de grado, excluidas -en principio- de la revisión extraordinaria, salvo la demostración de absurdo ..."
"III.2. En el caso, no obstante las consideraciones que podrían formularse sobre el análisis realizado por el tribunal de origen en torno a las circunstancias en que se produjo el despido, la crítica basada en la propia visión del interesado acerca de la interpretación que debió efectuar el a quo sobre lo que fue materia de controversia, resulta insuficiente para obtener la modificación de la decisión de grado. ... la mera exhibición de un criterio discrepante, o la crítica basada sólo en razones de preferencia o conveniencia personal ... distan, en mucho, de constituir una vía idónea para demostrar el absurdo."
"IV. Por todo lo expuesto, corresponde rechazar el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, con costas (art. 289, CPCC)."
Hechos y fechas relevantes consignados por el tribunal: el actor trabajó desde el 1-7-2006; el empleador intimó el 14-10-2014 para reintegro; el actor respondió el 15/16-10-2014 (la empleadora recibió la respuesta el 20-10-2014); el empleador comunicó la extinción del vínculo el 17-10-2014; el fallo de grado admitió parcialmente la demanda en otras cuestiones pero rechazó las indemnizaciones por despido (v. fs. 265/280 vta.). El recurso extraordinario se resolvió el 2-6-2020.
¿Cómo votaron los jueces?
Votaron por la negativa (rechazo) los Dres. de Lázzari (voto extenso), Soria (adhesión), Genoud (adhesión) y Kogan (voto por la negativa con disidencia parcial respecto del punto III.3). La decisión final se adoptó por mayoría y el acuerdo dispositivo final rechaza el recurso.
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Leyes que cita
- Ley 24.013Ley de empleo
- Ley 20.744Ley de contrato de trabajo
- Ley 25.323Contrato de trabajo
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