Navas, Héctor Joaquín c/ Provincia de Buenos Aires s/ Inconstitucionalidad ley 12.727
El actor promovió demanda originaria de inconstitucionalidad contra normas de emergencia que redujeron haberes previsionales y su SAC. La Corte declaró inaplicable al Sr. Navas el artículo 15 de la ley 12.727, su planilla anexa, y las disposiciones conexas de las leyes 12.874 y 13.002, ordenando la restitución de las sumas retenidas (hasta el 14-V-2003) con intereses.
¿Quién es el actor?
Héctor Joaquín Navas, jubilado del Instituto de Previsión Social, por apoderado.
¿A quién se demanda?
Provincia de Buenos Aires.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Declaración de inconstitucionalidad del art. 15 (segundo párrafo), planilla anexa y demás normas relacionadas de la ley 12.727; decreto 1465/2002; arts. de las leyes 12.774, 12.874 y 13.002; y condena a restituir las sumas retenidas por aplicación de dichas normas (con actualización e intereses). Solicita además medida cautelar (concedida el 14-V-2003).
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar a la demanda; se declara inaplicable al Sr. Navas el art. 15 de la ley 12.727, su planilla anexa, las prórrogas y los arts. 30 de la ley 12.874 y 28 de la ley 13.002; se condena a la Provincia a restituir la totalidad de las sumas retenidas desde su entrada en vigencia hasta el 14-V-2003; se fijan intereses y plazo de pago dentro de 60 días; costas a la vencida.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
• "El accionante ... sostiene que la disminución del monto de las retribuciones brutas percibidas por los agentes públicos activos y pasivos, incluido el sueldo anual complementario, dispuesta en el precepto cuestionado resulta violatoria de los derechos y garantías contenidos en las constituciones nacional y provincial" (voto de la Dra. Kogan, I).
• "En tales condiciones, corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 15 de la ley 12.727; el decreto 1465/2002; los arts. 27 de la ley 12.774; 30 de la ley 12.874 y 28 de la ley 13.002, y, en consecuencia, condenar a la Provincia de Buenos Aires a restituir la totalidad de las sumas retenidas al actor en virtud de la aplicación de los preceptos declarados inconstitucionales, desde su entrada en vigencia hasta el 14-V-2003, fecha en que fue concedida la medida cautelar solicitada." (voto de la Dra. Kogan, IV).
• "corresponde declarar la inaplicabilidad del art. 15 de la ley 12.727, su planilla anexa y las prórrogas dispuestas en su consecuencia y los arts. 30 de la ley 12.874 y 28 de la ley 13.002, condenando a la Provincia de Buenos Aires a restituir la totalidad de las sumas retenidas a la parte actora ... desde su entrada en vigencia hasta el 14-V-2003" (voto del Dr. de Lázzari, II).
• "las reducciones salariales ... resultan absolutamente unilaterales y contrarias a toda forma de justicia conmutativa, no pudiendo un tribunal de derecho receptarlas como válidas." (voto del Dr. Negri, I).
• Bloque dispositivo final: "se hace lugar a la demanda interpuesta, declarando inaplicable al señor Héctor Joaquín Navas el art. 15 de la ley 12.727, su planilla anexa, las prórrogas dispuestas en su consecuencia y los arts. 30 de la ley 12.874 y 28 de la ley 13.002, y condenando a la Provincia de Buenos Aires a restituir la totalidad de las sumas retenidas ... desde su entrada en vigencia hasta el 14-V-2003..." (SENTENCIA).
¿Cómo votaron los jueces?
mayoría (Dra. Hilda Kogan; Drs. de Lázzari, Negri, Hitters) por la afirmativa en el sentido de declarar inaplicable la normativa al actor y ordenar restitución. No se menciona voto en disidencia que altere el resultado de la mayoría.
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Leyes que cita
- Ley 12.874 de Buenos AiresPresupuesto general de la administracion provincial
- Ley 12.727 de Buenos AiresDeclarase en estado de emergencia administrativa, economica, financiera al estado provincial
- Ley 13.002 de Buenos AiresLey de presupuesto general de la administracion provincial, ejercicio 2003.- convalida dec
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