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Tribunal Superior

Instituto Médico Constituyentes S.A. c/Tribunal Fiscal de Apelación s/Pretensión anulatoria. Recursos extraordinarios de nulidad e inconstitucionalidad

El actor promovió acción anulatoria contra resoluciones del Tribunal Fiscal de Apelación impugnando la validez del trámite directo previsto por el art. 5 de la ley 13.405. La Corte rechazó el recurso extraordinario de nulidad y, por mayoría, hizo lugar al recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el actor en cuanto a la declaración de inconstitucionalidad de la norma por la Cámara, ordenando que la causa tramite según el art. 5 de la ley 13.405.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
A-70155
Recurso extraordinario Inconstitucionalidad Nulidad Art. 5 ley 13.405 Juicio pleno Tribunal fiscal de apelacion Doble instancia Tutela judicial efectiva Competencia originaria Provincia de buenos aires.

¿Quién es el actor?

Instituto Médico Constituyentes S.A.

¿A quién se demanda?

Tribunal Fiscal de Apelación (se impugnan actos administrativos identificados bajo el nº 2306-375443/98)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Nulidad de la resolución administrativa del 23-12-2004 (confirmada el 11-10-2007) y, en sede de supervisión, discusión sobre la constitucionalidad del art. 5 de la ley 13.405 (modificatorio del art. 2 de la ley 12.074) que dispone la radicación directa ante las Cámaras en “instancia originaria y juicio pleno”.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso extraordinario de nulidad; se hizo lugar al recurso extraordinario de inconstitucionalidad interpuesto por la parte actora respecto de la declaración de inconstitucionalidad realizada por la Cámara y se ordenó a la Cámara a radicar y tramitar los autos de conformidad con el art. 5 de la ley 13.405 (es decir, mantener la competencia originaria ante la Cámara y el trámite previsto por dicha norma). Costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

1) Sobre el recurso de nulidad (fundamento para su rechazo):

"la omisión de tratamiento de cuestiones esenciales -materia del recurso extraordinario de nulidad- no se configura cuando la temática aparece desplazada o resuelta de manera implícita, pues lo que sanciona con la nulidad el art. 168 de la Constitución provincial es la falta de abordaje por descuido o inadvertencia y no la forma en que aquéllas fueron resueltas... la cuestión esencial ... resulta necesaria para la correcta solución del pleito y está constituida por puntos o capítulos de cuya decisión depende directamente el sentido y alcance del pronunciamiento" (voto Dr. Pettigiani).

"Si los agravios del recurso extraordinario de nulidad se dirigen a impugnar la manera en que la causa ha sido decidida, ello deviene ajeno a la vía intentada en razón de vincularse con el acierto jurídico del fallo" (citando precedentes).

2) Sobre el recurso de inconstitucionalidad (fundamentos para hacer lugar):

"la doble instancia garantida por los arts. 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y 8.2.h) de la Convención Americana ... no se extiende al tipo de situaciones contenciosas como la ventilada en el presente caso, consistente en la impugnación de una decisión emanada de una autoridad administrativa con competencia en materia tributaria." (Pettigiani, avalando doctrina previa).

"el régimen normativo declarado inválido por la alzada cumple con los resguardos exigidos a los fines de garantizar el correcto control judicial... el régimen de enjuiciamiento ... prevé que la contienda se dirima mediante la sustanciación de un juicio pleno, con facultades para las partes de debate y prueba tanto respecto de los hechos como del derecho" (Pettigiani).

"la garantía prevista ... rige sólo en el ámbito del proceso penal, sin extenderse obligatoriamente ... hacia otro tipo de litigios... El modelo vertebrado por la ley 13.405 (art. 5) ... satisface la suficiencia en el control judicial que habilita, por cuanto la tutela del interesado se canaliza a través de un proceso plenario." (Soria, adhesión).

"Considero suficientes las razones expuestas para concluir que el art. 5 de la ley 13.405 ... no evidencia los vicios constitucionales que la alzada le endilga, por lo que corresponde ... hacer lugar al recurso extraordinario interpuesto y, ordenar a la Cámara ... imprimir al proceso el trámite establecido por las disposiciones de la citada norma" (voto decisorio, Pettigiani; adhesiones de Kogan, Soria, Genoud).

¿Cómo votaron los jueces?

El rechazo del recurso de nulidad y la aceptación del recurso de inconstitucionalidad fueron votados por la mayoría compuesta por Pettigiani, Kogan, Soria y Genoud; por ello la solución mayoritaria fue la que integra el dispositivo final.

Leyes que cita

  • Ley 13.405 de Buenos AiresModifica leyes 10397 (codigo fiscal), 10707 (catastro territorial), 13244 (regularizacion fiscal), 12074 (fuero…

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