Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires c/ Ministerio de Salud s/ Pretensión Anulatoria. Recurso de inaplicabilidad de ley o doctrina legal.
El Colegio de Farmacéuticos impugnó la habilitación de una farmacia sindical por vulnerar la ley 10.606 respecto de requisitos de ubicación geográfica. La Suprema Corte hizo lugar parcialmente al recurso extraordinario y anuló las resoluciones administrativas en cuanto eximían a la farmacia sindical del requisito de restricción geográfica, confirmando aplicación diferenciada de los arts. 3 y 14.
¿Quién es el actor?
Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires.
¿A quién se demanda?
Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Anulación de las resoluciones 909/07 y 1225/08 que autorizaban el funcionamiento de una farmacia sindical en Villa Gesell, por entender que la habilitación contraviene los requisitos de distribución geográfica y poblacional establecidos en el art. 3 de la ley 10.606 (texto según ley 13.054).
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar parcialmente al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley y se revocó la sentencia de Cámara en cuanto dispensó a la farmacia sindical del requisito de restricción geográfica para su instalación; se anulan las resoluciones impugnadas en ese alcance. Las costas de las instancias se imponen en el orden causado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Tal como han quedado expuestos los antecedentes del caso, la cuestión a decidir se ciñe a dilucidar si las limitaciones del art. 3 de la ley 10.606 (texto según ley 13.054) resultan aplicables a las farmacias de obras sociales, entidades mutualistas y/o gremiales que presten el servicio para sus asociados en los términos del art. 14 inc. 'e' del mismo cuerpo normativo.
Así planteados los términos de la controversia, se advierte que el tema en debate ha sido resuelto por este Tribunal en casos sustancialmente análogos al sub lite, lo que resulta suficiente para dar respuesta al presente (art. 31 bis, ley 5.827 modificada por ley 13.812).
En las causas A. 72.032, 'Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires', sent. de 18-X-2017 y A. 71.625, 'Rodriguez', sent. de 20-XII-2017, esta Suprema Corte decidió que el concepto de densidad demográfica no resulta aplicable a las farmacias descriptas en los incs. 'd' y 'e' del art. 14 de la ley 10.606, en cambio cabe exigirle el requisito de la restricción geográfica para su instalación.
Por tal razón y en virtud de los argumentos brindados en los precedentes citados, cabe hacer lugar parcialmente al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto y revocar la sentencia de Cámara en lo pertinente, anulando los actos administrativos enjuiciados en cuanto eximieron a la farmacia sindical en cuestión del requisito de la restricción geográfica para su instalación (art. 31 bis cit.)."
Votación: Todos los señores jueces (Genoud, Pettigiani, de Lázzari y Negri) votaron por la afirmativa; el acuerdo y el dispositivo final fueron unánimes.
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Leyes que cita
- Ley 13.812 de Buenos AiresModifica artículos de la ley 11922,código de procedimiento penal y ley 5827, orgánica del poder judicial
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