Hérnandez, Julio César c/Frigorífico Deyacobbi S.R.L. s/Cobro de haberes, etc.
El actor reclamó indemnizaciones por despido, vacaciones, SAC proporcionales y daño moral contra Frigorífico Deyacobbi S.R.L. La Suprema Corte rechazó por inadmisible el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, entendiendo que la queja se funda en valoración de prueba y hechos, materia excluida de la vía extraordinaria y del art. 55 ley 11.653.
¿Quién es el actor?
Julio César Hernández.
¿A quién se demanda?
Frigorífico Deyacobbi S.R.L.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
indemnizaciones derivadas del despido (incluyendo vacaciones y sueldo anual complementario proporcionales) y reparación por daño moral; se reclamaban además horas extras, salarios en negro y otras indemnizaciones que fueron rechazadas en primera instancia.
¿Qué se resolvió?
La Suprema Corte rechazó por inadmisible el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por el demandado y, en consecuencia, mantuvo la imposibilidad de revisión extraordinaria en los términos articulados por la parte recurrente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El tribunal del trabajo que intervino en estos autos, hizo lugar a la demanda deducida por Julio Cesar Hernández contra Frigorífico Deyacobbi S.R.L. en concepto de indemnizaciones derivadas del despido, vacaciones y sueldo anual complementario proporcionales e indemnización por daño moral. En cambio, la rechazó en cuanto perseguía el cobro de horas extras; salarios en negro; e indemnizaciones de los arts. 80 de la Ley de Contrato de Trabajo y 2 de la ley 25.323 (vered., fs. 210/212 vta.; sent., fs. 213/217 vta.)."
"En definitiva, para el tribunal del trabajo 'no se probó la causa del despido (arts. 242, 243 y 245 L.C.T.), (‘la gota de agua que rebalsó el vaso’), y sin la cual los antecedentes desfavorables quedaron ausentes de sustento fáctico' (vered., fs. 212)."
"Así, la función revisora de esta Corte queda circunscripta a verificar si lo resuelto en autos contradice la doctrina legal vigente a la fecha del pronunciamiento impugnado, violación que se configura cuando la Suprema Corte ha determinado la interpretación de las normas que rigen la relación sustancial debatida en una determinada controversia y el fallo apelado transgrede la misma en un caso similar (conf. causas L. 81.392, sent. del 2-V-2002; L. 80.238, sent. del 12-V-2004; L. 87.284, sent. del 22-XII-2004, L. 83.328, sent. del 18-IV-2007; L. 91.869 y L. 87.636, ambas sents. del 14-XI-2007; entre otras)."
"En definitiva, se evidencia que los agravios recién expuestos, imponen necesariamente el análisis de los hechos y pruebas que concurren en el caso, con lo cual, conllevaría a esta Corte a renovar el análisis y la propia valoración de las circunstancias fácticas obrantes en autos, hecho este que, como bien es sabido, se encuentra excluido del ámbito de la casación por esta vía (conf. causa L. 85.612, sent. del 14-XI-2007)."
"Por lo expuesto, no encontrándose configurado el supuesto de excepción aludido, corresponde rechazar, por inadmisible, el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley deducido."
¿Cómo votaron los jueces?
Unánime. Los jueces Kogan, Genoud y Negri adhirieron a los fundamentos del voto del Dr. Pettigiani. No se registran disidencias.
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Leyes que cita
- Ley 11.653 de Buenos Aires(derogada por ley 15057) ley de procedimiento ante los tribunales laborales de la provincia de buenos aires
- Ley 20.744Ley de contrato de trabajo
- Ley 25.323Contrato de trabajo
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