CORONEL, MARIANO GASTON c/ EXPERIENCIAS CERVECERAS S.A. s/DESPIDO
Reclamó indemnizaciones por despido, diferencias salariales y demás rubros contra Experiencias Cerveceras S.A. por despido con invocación de causa. El Juzgado hizo lugar a la demanda, condenó a la empleadora a abonar $184.250,64 más intereses, ordenó entrega de certificados de trabajo y la imposición de costas y regulación de honorarios, por entender inexistente o insuficientemente probada la justa causa.
¿Quién es el actor?
CORONEL MARIANO GASTON.
¿A quién se demanda?
EXPERIENCIAS CERVECERAS S.A. (antes PATAGONIA BREWING COMPANY S.A.).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
cobro de indemnizaciones por despido (con excusa de justa causa), diferencias salariales (incluyendo horas extras y propinas), y demás rubros laborales derivados de la extinción del contrato de trabajo.
¿Qué se resolvió?
se hizo lugar a la demanda y se condenó a EXPERIENCIAS CERVECERAS S.A. a pagar al actor la suma de $184.250,64 dentro del plazo de cinco días y por depósito judicial, más intereses desde el despido, además de entregarle el certificado de trabajo conforme art. 80 LCT, imponer costas a la demandada vencida y regular honorarios de los profesionales y perito (detalles y montos en el considerando dispositvo).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
1) Sobre la insuficiencia probatoria de la causa invocada por la empleadora: "Lo cierto es que la demandada, a mi modo de ver, no logró acreditar el grave incumplimiento contractual al que hace referencia (cfr. art. 377 CPCCN)."
2) Valoración testimonial y ausencia de prueba directa: "los testigos... son referenciales, o sea, conocen los hechos que describen por comentarios de terceras personas, y no por haberlos conocido en forma directa, por lo tanto entiendo que no brindan suficiente convicción a fin de acreditar las razones invocadas por la empleadora en su telegrama rescisorio. Por tanto no es posible reconocer a los testimonios indicados, plena eficacia probatoria. (cfr. arts. 90 LO y 456 CPCCN)." Además: "destaco... que... dichas imágenes lucen por su ausencia en la presente causa, ya que jamás fueron ofrecidas como prueba por la empleadora."
3) Sobre las propinas y su carácter: el juez cita la doctrina de la CSJN y luego expone su decisión: "Por todo lo expuesto, no corresponde considerar las propinas como parte integrativa del salario del actor." (se cita el precedente de la CSJN, Perez, Aníbal Raúl c/ Disco S.A., 01/09/2009).
4) Determinación de rubros y liquidación: "Dicho todo ello, el demandante resulta acreedor de las indemnizaciones previstas por los arts. 232, 233 (ambos rubros más SAC) y 245 LCT, así como del incremento previsto por el art. 2 de la ley 25.323..." y se consignan los importes parciales y el total resultante, deduciéndose un pago a cuenta de $34.086.- y diferiéndose a condena $184.250,64.
¿Cómo votaron los jueces?
no se registran votos en disidencia; la decisión es del juez de primera instancia.
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Leyes que cita
- Ley 20.744Ley de contrato de trabajo
- Ley 25.323Contrato de trabajo
- Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion
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