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Cámara de Apelaciones

GRAMAJO CARLOS ESTEBAN c/ MASIDE S.R.L. Y VERONICA S.A.C.I.A.F.E.I s/ COBRO DE PESOS

El actor promovió demanda laboral por cobro de pesos y reclamó rubros indemnizatorios y comisiones, además de responsabilidad solidaria de varias sociedades y del socio gerente. La Cámara de Apelaciones del Trabajo admitió parcialmente la demanda y confirmó la condena por $16.113.619,02, modificando la sentencia de grado para declarar responsable solidariamente al socio gerente Alejandro J. Lamas, y rechazó el recurso de la demandada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA DEL TRABAJO - Sala 3 (TUCUMAN)
Fuero
CAMARA DEL TRABAJO - Sala 3
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
931/17
Recurso de apelacion Responsabilidad solidaria Indemnizacion laboral Costas y honorarios Socio gerente Viajante de comercio Ley 25.323 Ley 14.546 Art. 59 lgs Multa art.80 lct F | caratula | tribunal | fecha | expediente | fallos | relacion | | cita --fin-citas--- | menciona 1 | palomeque c/ benemeth s.a. | csjn | | fallos 326:1062 | cita 2 | robledo c/ cordon azur s.r.l. | csjn | 2009-08-11 | 3 | toscano carlos a. c/ mario cervice e hijos s.a. sent. n? 1183/2017 | csjt | 2017 | 4 | toro Jose alejandro c/ bayton s.a. sent. n? 472/2010 | csjt | 2010 | 5 | segura vilahur Carlos c/ bbva banco frances sent. n? 910/2006 | csjt | 2006 | 6 | ojeda Maria nieves c/ arca distribuciones s.a. sent. n? 977/2007 | csjt | 2007 | 7 | navarro Eduardo a. c/ sadia alimentos s.a. sent. n? 301/2018 | csjt | 2018 | 8 | benitez Horacio osvaldo c/ plataforma cero s.a. | csjn | 2009 | 9 | juarez c/ banco del tucuman s.a. | csjt |

¿Quién es el actor?

Sr. Carlos Esteban Gramajo, DNI N° 22.264.755.

A quién se demanda (Demandados): Maside SRL (CUIT 30-68569305-0); La Cachuera S.A. (CUIT 30-50883497-3); Glutal S.A. (CUIT 30-50198616-6); Todo Pan SRL (CUIT 30-70860759-9); Verónica S.A.C.I.A.F.E.I. (CUIT 30-50097982-4); y el Sr. Alejandro José Lamas, DNI N° 17.110.745.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de pesos por indemnizaciones laborales y salarios (antigüedad, preaviso, integración, indemnización por clientela art.14 Ley 14.546, SAC, vacaciones, comisiones, adicionales por Ley 25.323 y multa art.80 LCT), y se reclamó la responsabilidad solidaria de las codemandadas y del socio gerente.

¿Qué se resolvió?

Se admite parcialmente el recurso del actor solo respecto de la responsabilidad solidaria del socio gerente Alejandro J. Lamas; se deja sin efecto la absolución de Lamas y se lo condena solidariamente con las demás demandadas al pago de $16.113.619,02. Se rechaza el recurso de la parte demandada y se confirma la mayor parte de la sentencia de primera instancia en lo materia de agravios. Costas y resultas de segunda instancia distribuidas según lo previsto en el fallo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En relación a la pretensión de extensión de responsabilidad fundado en el art 54 LS el mismo no puede prosperar, en tanto la desestimación de la personalidad jurídica societaria o la atribución de responsabilidad directa y personal a los administradores de una sociedad de responsabilidad limitada (SRL) reviste carácter excepcional y restrictivo."

"Distinta es la solución prevista en el art. 59 LS el cual no requiere demostrar el carácter ficticio de la sociedad ni prescindir de su personalidad. Esta norma establece una responsabilidad personal y orgánica del administrador por los daños derivados del incumplimiento de los deberes de lealtad y diligencia inherentes a su cargo."

"La documentación incorporada demuestra que el codemandado ejercía efectivamente la gerencia y administración de la empleadora y, por consiguiente, que tenía injerencia directa en la organización de las tareas y en la documentación laboral... La permanencia de esa situación, pese al conocimiento de las tareas reales, configura un incumplimiento de los deberes de diligencia y legalidad exigibles al administrador."

"En consecuencia, corresponde admitir el agravio referido a la omisión de tratamiento de la responsabilidad personal del socio gerente y condenarlo, en los términos de los arts. 59 y 157 de la Ley General de Sociedades, solidariamente con la empleadora respecto de los créditos declarados procedentes. Así lo declaro."

(Bloque dispositivo final, texto transcripto): "I. ADMITIR PARCIALMENTE el recurso de apelación interpuesto por la parte actora ... solo en lo que respecta a la responsabilidad solidaria del socio gerente Alejandro José Lamas, dejando sin efecto la sentencia en cuanto lo absuelve de responsabilidad ... En consecuencia, se condena solidariamente a los demandados a pagar al actor ... la suma de $ 16.113.619,02 ... Asimismo, se absuelve a los accionados de lo reclamado en la demanda en concepto de art. 1 de la ley 25.323 y art. 9 de la ley 25.013 (conducta temeraria y maliciosa), por lo considerado".

¿Cómo votaron los jueces?

Voto de la Sra. Vocal Preopinante María Beatriz Bisdorff fundando la modificación (admitir responsabilidad de Lamas). El Sr. Vocal Segundo Adolfo J. Castellanos Murga adhiere "en idéntico sentido". No hubo disidencia.

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