RENG SA Y OTS. C/ COLEGIO DE CORREDORES PUBLICOS INMOBILIARIOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA P/ SUSPENSION DE EJECUCION DEL ACTO ADMINISTRATIVO (ART. 22 Y SGTES. CPA)
Petición de suspensión de la ejecución de sanción administrativa impuesta por el Tribunal de Ética y Disciplina y confirmada por la Secretaría Legal y Técnica. La Sala negó la medida cautelar por no acreditar prima facie la verosimilitud del vicio invocado ni la irreparabilidad del daño, y por existir presunción de legitimidad del acto administrativo.
¿Quién es el actor?
RENG S.A., Pedro Milcovich y Jorgelina Berrio.
¿A quién se demanda?
Colegio de Corredores Públicos Inmobiliarios de la Provincia de Mendoza (Tribunal de Ética y Disciplina) y la Secretaría Legal y Técnica de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza en cuanto ejecutora del acto.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Solicitan la suspensión de la ejecución del acto administrativo que morigeró la sanción de cancelación de matrícula impuesta por el Tribunal de Ética y Disciplina, reemplazándola por una multa equivalente al máximo legal de la escala prevista en el artículo 52 de la Ley 7372 (texto según Ley 8227). Alegan ilegitimidad, vicios procedimentales, valoración arbitraria de pruebas y riesgo de perjuicio irreparable patrimonial y reputacional.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la medida cautelar de suspensión de la ejecución del acto administrativo; costas a cargo de los peticionantes; regulación de honorarios diferida.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Por el contrario, de los antecedentes invocados en la causa, expediente administrativo EXDIG-2022-06242016-GDEMZA-SLT#SCJ#PJUDICIAL al cual este Tribunal ha accedido a través del Sistema GEDE atento a que aún no se encuentran incorporados en la presente causa ni en la acción principal, no puede adelantarse que la sanción pecuniaria cuya ejecución se pretende suspender adolezca de vicios procedimientales en violación manifiesta al derecho de defensa, ni que resulte arbitraria o carente de absoluta fundamentación fáctica y jurídica."
"Por lo anterior, no se encuentra acreditada la verosimilitud de los vicios invocados por los accionantes, quienes por otra parte, tampoco han arrimado prueba alguna en orden a la existencia de la vulneración a su propiedad o la irreparabilidad del daño que le irrogaría la posible ejecución de la multa.
En conclusión, no corresponde hacer lugar a la petición cautelar."
Contexto jurisprudencial y estándar aplicado (extractos relevantes):
"La suspensión de la ejecución del acto administrativo ha sido analizada en diferentes precedentes ... que procede la suspensión cuando prima facie la disposición sea nula o pueda producir un daño irreparable si apareciere como anulable (art. 23). ... dada la presunción de legitimidad de la que gozan los actos de los otros poderes del Estado, la admisión de medidas cautelares que tengan por finalidad suspender la aplicación de esos actos requiere por parte de los jueces una especial prudencia ... Por ello, frente a pedidos de suspensión de la ejecución este Tribunal ha reservado su procedencia a situaciones excepcionales, dada la presunción de legitimidad de la que gozan los actos administrativos."
¿Cómo votaron los jueces?
La resolución fue dictada por los Dres. María Teresa Day y Pedro Jorge Llorente (Sala con competencia originaria). Se deja constancia que el Dr. Mario D. Adaro no suscribió por encontrarse en uso de licencia.
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Fallos que cita
- "-" (Fallos: 306:2060)CSJN · 22/12/1992 · Fallos 306:2060
- "-" (Fallos: 316:1833)CSJN · 24/08/1993 · Fallos 316:1833
- CSJN (citas sin tomo:página)CSJN · 19/05/1997
- CSJN (16/7/1996)CSJN · 16/07/1996
- LA: 140-471Suprema Corte Mendoza (precedente interno)
- LA: 153-83Suprema Corte Mendoza (precedente interno)
- LA: 164-228Suprema Corte Mendoza (precedente interno)
- LA: 174-145Suprema Corte Mendoza (precedente interno)
- LA: 182-181Suprema Corte Mendoza (precedente interno)
- LA: 227-222Suprema Corte Mendoza (precedente interno)
- LA: 137-131Suprema Corte Mendoza (precedente interno)
- LA: 152-273Suprema Corte Mendoza (precedente interno)
- LA: 158-159Suprema Corte Mendoza (precedente interno)
- LA: 312-179Suprema Corte Mendoza (precedente interno)
- LA: 312-194Suprema Corte Mendoza (precedente interno)
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