TRAYLON S.A. EN J 30829 CORIA GONZALO ADRIEL C/ TRAYLON S.A. P/ DESPIDO P/ RECURSO EXTRAORDINARIO PROVINCIAL
El actor promovió demanda por despido incausado reclamando diversas rubros indemnizatorios y salarios. La Suprema Corte de Mendoza admitió parcialmente el recurso extraordinario provincial de Traylon S.A., anuló parcialmente la sentencia de grado y rechazó determinados rubros (indemnización sustitutiva de preaviso, SAC sobre preaviso e integración del mes de despido) por $191.558,12, confirmando el resto de la condena por $1.152.605,05.
¿Quién es el actor?
Gonzalo Adriel Coria.
¿A quién se demanda?
Traylon S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Despido; pago de indemnización por antigüedad, preaviso o indemnización sustitutiva, SAC, salario diciembre 2021, integración del mes de despido, licencia no gozadas, descuentos indebidos abril/mayo 2021, duplicación por DNU 39/21 y art. 2 Ley 25323, entre otros rubros.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente al recurso extraordinario provincial interpuesto por Traylon S.A.; se anuló parcialmente la sentencia de instancia en cuanto a la condena por indemnización sustitutiva de preaviso, SAC sobre preaviso e integración del mes de despido por $191.558,12, que se rechazaron; se confirmó el resto de la condena y se ordenó el pago total de $1.152.605,05 más intereses. Se impusieron costas conforme a lo resuelto y se dispuso la práctica de liquidación por el Cuerpo de Contadores.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La circunstancia de vencimiento de la concesión no era ni más ni más menos que un riesgo ínsito a su actividad, que de ninguna manera puede ni debe proyectarse a los asalariados, por lo que se verificó un despido incausado."
"Al respecto cabe analizar que no resulta un hecho controvertido el efectivo otorgamiento del plazo de preaviso en los términos de la Ley de Contrato de Trabajo, según surge de la comunicación telegráfica de fecha 22/10/2021 en la cual se le notificó al trabajador que se prescindirían de sus servicios a partir del día 23/12/2021. De manera que si el empleador otorgó el plazo de preaviso en apego a lo prescripto por el art. 231 de la Ley de Contrato de Trabajo, no corresponde indemnización sustitutiva alguna siendo que el derecho otorgado a las/los trabajadores en el art. 237 de la misma ley, constituye sólo una facultad para el beneficiario de ejercer su derecho de obtener una licencia diaria o no. En consecuencia, corresponde rechazar la suma de pesos $158.003,60 en concepto de indemnización sustitutiva de preaviso y $13.166,96 por SAC sobre preaviso, así como también la suma de pesos $20.387,56 por integración del mes de despido. Las costas se imponen a la accionante vencida (art. 31 CPL y art. 36 CPCCyT)."
"En relación al tema, la sentenciante analizó que el Poder Ejecutivo Nacional dictó el DNU 39/2021 munido de las facultades delegadas por la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva 27541 y, además, reconoció la necesidad de aplicar el principio de esfuerzo compartido, por lo cual no advertía avasallamiento alguno a las garantías constitucionales. Una vez confirmada la constitucionalidad de la norma, verificó que correspondía la admisión del agravamiento y su tope, teniendo en cuenta que se trató de un despido incausado."
¿Cómo votaron los jueces?
El voto propuesto por el Dr. Mario Daniel Adaro resolvió admitir parcialmente el recurso (anulando y rechazando los rubros por $191.558,12) y fue adherido por los Dres. José V. Valerio y Omar A. Palermo (mayoría unánime en el sentido del bloque dispositvo).
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Normas que cita
- Constitución (Provincia De Mendoza)art. 160
- CPCCyT (Mendoza)arts. 145 ap. II incs. c) y d., 150, 36 inc. I, 47 ap. IV
- Ley 20744arts. 231, 232, 237, 10 (mención) · Ley de contrato de trabajo
- Ley 27541Emergencia publica
- Ley 26122Regimen legal de los decretos de necesidad y urgencia ...
- DNU 34/2019arts. 2, 3 (mención)
- DNU 156/2020
- DNU 528/2020
- DNU 624/2020
- DNU 761/2020
- DNU 891/2020
- DNU 961/2020
- DNU 39/2021art. 2 (duplicación)
- DNU 266/2021
- DNU 345/2021
- Ley 25.323
Fallos que cita
- "Garro"SCJM · 16/02/2022
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