MONDELEZ ARGENTINA S.A. C/ MUNICIPALIDAD DE GODOY CRUZ P/ A.P.A.
La actora promovió acción procesal administrativa contra la Municipalidad de Godoy Cruz para impugnar liquidaciones y resoluciones por Derechos de Publicidad y Propaganda (DPP) por los períodos 2016 y 2017. La Suprema Corte de Justicia (competencia originaria) hizo lugar a la demanda, anuló las resoluciones impugnadas y ordenó la restitución de lo abonado por pago previo por falta de soporte probatorio administrativo que sustentara la determinación oficiosa.
¿Quién es el actor?
Mondelez Argentina S.A.
¿A quién se demanda?
Municipalidad de Godoy Cruz.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
nulidad/anulación de la Liquidación N° 010289/16 y 011049/17 y de las resoluciones que confirmaron la determinación de oficio y rechazaron recursos (Resolución N° 2590/19; Resolución N° 611/22; Resolución N° 188/22) por Derechos de Publicidad y Propaganda (DPP); restitución de lo pagado en concepto de pago previo ($135.191,51) y pronunciamiento sobre costas y honorarios.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda. Se anularon los actos administrativos impugnados (las resoluciones y la liquidación del período 2017; la liquidación 2016 fue objeto de allanamiento municipal). Se ordenó la restitución de lo abonado con intereses, se impusieron las costas a la demandada y se regularon honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"De las actuaciones reunidas en sede administrativa, se advierte que los datos incorporados en la liquidación de derechos de publicidad y propaganda por el período 2017, notificada mediante cédula el día 27/10/17 a la actora, no contó con el soporte instrumental que avalara la misma y que diera respaldo legítimo al procedimiento posterior de determinación, sobre cuya base la actora pudiera ejercer su derecho de defensa en legal tiempo y forma."
"Por todo lo expuesto, considero que el obrar de la demandada se encuentra viciado en el objeto (art. 52 inc. a); en la voluntad previa en la emisión del acto (art. 60 inc. a) y en la emisión del mismo (art. 39 y 63 inc. c LPA), por lo cual se torna inoficioso abordar el planteo de prescripción y demás agravios expresados por la accionante. Conforme lo expresado hasta el momento y si mis colegas de Sala comparten la solución que se propone, corresponde hacer lugar a la demanda."
Sentencia (parte dispositiva): "1º) Hacer lugar a la demanda interpuesta por la firma Mondelez S.A. y, en consecuencia, anular los actos impugnados conforme lo explicitado en la Segunda Cuestión. 2°) Ordenar a la demandada que restituya a la actora lo abonado en concepto de pago previo, con más los intereses legales pertinentes. 3°) Imponer las costas del proceso a la demandada vencida, conforme lo expresado en la Tercera Cuestión. 4°) Regular honorarios... 5°) Dar intervención a la ATM y Caja Forense, a los efectos fiscales y previsionales pertinentes."
¿Cómo votaron los jueces?
votación unánime. Los Dres. Valerio, Palermo y Day adhieren al voto que hace lugar a la demanda y anula los actos administrativos.
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