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Tribunal Superior

GUBIOTTI SILVINA ALEJANDRA EN J 164508 FUNES ENRIQUE OMAR C/ GUBIOTTI JUAN CARLOS Y OTROS P/ DESPIDO P/ RECURSO EXTRAORDINARIO PROVINCIAL (LEY 9423)

El actor reclamó rubros indemnizatorios por despido indirecto y diferencias salariales contra los herederos y explotadores del restaurant “Unanue”. La Suprema Corte provincial rechazó el recurso extraordinario interpuesto por Nélida S. Gubiotti y confirmó la valoración de prueba y la doctrina sobre la rebeldía y la presunción en orden a la relación laboral.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA (MENDOZA)
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA (MENDOZA)
Jurisdicción
Local · Mendoza
Expediente
13-07098893-8/1
Costas Rebeldia Valoracion de prueba Cartas documento Despido indirecto Multas ley 24.013 Art. 242 lct Recurso extraordinario provincial Honorarios ley 9131 Presuncion art. 45 cpl (observacion: en las lineas de normas se consignaron las disposiciones expresamente invocadas en el texto del fallo. en las referencias jurisprudenciales se consignaron las caratulas tal como aparecen en el texto y las fechas cuando el fallo las aporta Faltan datos de tribunal Expediente o fallos tome:pp. en el texto Por lo que se consignaron con - conforme a las reglas.)

¿Quién es el actor?

Enrique Omar Funes.

¿A quién se demanda?

Juan Carlos Gubiotti, Analía Verónica Gubiotti, Cristina Beatriz Mónica Gubiotti y Nélida Silvina Alejandra Gubiotti (en su carácter de herederos/explotadores del comercio “Unanue”).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Diferencias salariales y haberes adeudados, indemnización por antigüedad, preaviso, integración de mes de despido, SAC, vacaciones, multas (arts. 8 y 15 Ley 24.013), art. 2 Ley 25.323, y demás rubros por despido indirecto; totales fijados en la sentencia de grado en $114.814.888,81 (y rechazo de reclamo por $1.804.666,45 relativo art. 80 LCT y SAC sobre vacaciones).

¿Qué se resolvió?

La Suprema Corte rechazó el recurso extraordinario provincial interpuesto por Nélida S. Gubiotti; confirmó así, en la práctica, la solución de mérito del tribunal de grado que hizo lugar parcial a la demanda; se impusieron costas a la recurrente y se regularon honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La Sentencia del a quo ... hizo lugar parcialmente a la demanda ... por la suma de $ 114.814.888,81, en concepto de diferencias salariales y haberes adeudados, indemnización por antigüedad, preaviso, integración de mes de despido, SAC, vacaciones, art. 8 y 15 de la ley 24.013, art. 2 de la ley 25.323, incluidos los intereses legales calculados a la fecha de sentencia..."

"La codemandada Nélida Silvia Alejandra Gubiotti interpuso incidente de nulidad contra la notificación del traslado de la demanda y rescisión de rebeldía, el que fue rechazado por el tribunal a fs. 28 y sgtes.... la quejosa ... dejó firme la resolución obrante a fs. 28 y sgtes., que rechazó con costas el incidente de nulidad..."

"La presunción del art. 45 C.P.L. ... es relativa; el trabajador debe probar la existencia de la relación de trabajo; y es una presunción que va más allá de los efectos de la rebeldía ... No puede pretenderse que la disposición del art. 45 ... tenga una intangibilidad absoluta. Por el contrario, es solamente una presunción susceptible de destruirse por la prueba rendida."

"Del intercambio postal surge que el actor emplazó al establecimiento Unanue ... la carta documento de fecha 19/10/2020 ... reconociendo que la sra. Pereyra era su madre fallecida ... pero negando toda relación laboral con el accionante."

"Conforma surge de las declaraciones de Barrera y Chacón ... ya desde el año 1994 el actor cumplía funciones de parrillero en el negocio de manera continua ... Ello resulta coincidente ... con los bonos de sueldo acompañados por el actor, en donde figura como empleador Unanue de Pereyra Nélida Ofelia, con fecha de ingreso 16/03/94."

"El desconocimiento de la relación laboral alegada por el trabajador y el incumplimiento de la demandada respecto del pago de las remuneraciones, constituyeron injuria suficiente que habilita la ruptura de la relación laboral en los términos del art. 242 LCT."

"La ausencia de impugnación de las conclusiones principales del acto sentencial o de sus fundamentos autónomos con eficacia decisoria, obsta a la procedencia de la vía excepcional; en consecuencia, las argumentaciones basadas en el propio criterio de la recurrente y que no traducen más que meras discrepancias subjetivas ... son insuficientes para determinar la apertura de la instancia extraordinaria..."

¿Cómo votaron los jueces?

Los Dres. Dalmiro Garay Cueli y Mario Daniel Adaro adhieren al voto del Dr. José V. Valerio; no consta disidencia.

Normas que cita

Fallos que cita

  • "Renna"
  • "Salcedo"
  • "Basabe"
  • "Castillo"
  • "Acuña"
  • "Salomone"
  • "Gómez"
  • "Garnica"

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