RODRIGUEZ ANGELA MAGALI MICALEA EN J 162796 RODRIGUEZ ANGELA MAGALI MICALEA C/ VEDIA CRUZ NOEL CASIMIRO Y OTS. P/ DESPIDO P/ RECURSO EXTRAORDINARIO PROVINCIAL (LEY 9423)
La actora promovió demanda por despido y reclamó rubros laborales (días trabajados, SAC, vacaciones, indemnizaciones y multas). La Suprema Corte de Mendoza hizo lugar al recurso extraordinario provincial de la actora, anuló parcialmente la sentencia de cámara y ordenó liquidar un capital histórico de $1.711.820 más intereses aplicando la Ley 9041 hasta el 16/04/2024 y la Ley 9516 desde el 17/04/2024.
¿Quién es el actor?
Ángela Magalí Micaela Rodríguez, representada por el Dr. Nicolás Agustín Prato (quien también interviene por sus honorarios).
¿A quién se demanda?
Vedia Cruz Noel Casimiro; Urzagaste Vedia Joaquín Ricardo; Cazón Cintia.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Acción por despido; pago de días trabajados, SAC proporcional, vacaciones proporcionales, indemnización por despido sin causa, preaviso, integración del mes de despido, diferencias salariales, y multas previstas en Ley 24013 (arts. 8 y 15), DNU 39/2019 y art. 2 Ley 25323.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente al recurso extraordinario de la actora; se redactó el resolutivo de grado en los términos de condenar a los accionados al pago de pesos $1.711.820 más intereses moratorios calculados según Ley 9041 desde el distracto (13/12/2021) hasta 16/04/2024 y, desde 17/04/2024 hasta el efectivo pago, conforme Ley 9516. Se rechazó el recurso extraordinario interpuesto por los demandados. Se impusieron costas conforme lo detallado y se ordenó liquidación por Departamento Contable.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"1. En coincidencia con lo dictaminado por la Procuración General de este Cuerpo, verifico que el Tribunal de grado resolvió la cuestión atinente a los intereses legales sin exhibir concretas razones para ese proceder, ni efectuar cálculos precisos, por lo que incurrió en apartamiento de las circunstancias del proceso y de las normas legales aplicables, por lo que se sigue la admisión del embate, al comprobarse la tacha de arbitrariedad que se le endilga."
"De hecho, tal como resolví en el precedente 'Muñoz' (SCJM de fecha 24/02/2025), el pronunciamiento aplicó la tasa de interés moratoria equivalente a la Tasa de libre disponibilidad del Banco Nación Argentina, según su vigencia, desde la mora hasta el efectivo pago (art. 1 de Ley 9041, mod. art. 1 Ley 9516), sin una evaluación de la realidad económica, estimación que pudo haber logrado, por ejemplo, con el recurso al 'Índice de Precios al Consumidor – Gran Mendoza' (IPC)... Sin esa evaluación, la determinación de la tasa de interés así aplicada carece de fundamento legal."
"En esa inteligencia, propongo admitir el planteo y asumir la jurisdicción positiva que ostenta este Cuerpo (art. 150, inciso I del Código Procesal Civil, Comercial y Tributario), con la finalidad de resolver la contienda... En consecuencia, la acción progresa por el monto de capital de $1.711.820, con más los intereses calculados según la Ley provincial 9041 desde el distracto (13/12/2021) hasta el día 16/04/2024 y, desde el 17/04/2024... la tasa contemplada por esta última."
Sobre el recurso de los demandados: "los agravios planteados... no distan de ser una mirada disímil de los extremos fácticos y probatorios de autos, lo que se traduce en una discrepancia valorativa inerte para tachar de arbitrario al acto sentencial recurrido... los términos de los agravios planteados en este sentido no son suficientes para fundar los vicios de arbitrariedad adjudicados a la sentencia..."
¿Cómo votaron los jueces?
El voto que abre el acuerdo (Dr. Julio R. Gómez) propone admitir el recurso de la actora y fija la forma de aplicación de intereses por tramos; los Dres. José V. Valerio y Dalmiro F. Garay Cueli adhieren. El Dr. Garay Cueli agrega consideraciones sobre la aplicación prospectiva de las leyes y la facultad de los jueces de corregir resultados desproporcionados (menciona art. 771 CCyC y jurisprudencia).
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Normas que cita
- Constitución (Provincia De Mendoza)art. 160
- Ley 9041 (Provincial (mendoza))art. 1 (tasa UVA)
- Ley 9516 (Provincial (mendoza))art. 1 (modifica tasa)
- Ley 24013arts. 8, 15 · Ley de empleo
- DNU 39/2019
- Ley 25323art. 2 · Contrato de trabajo
- Plenario Lencinas (Provincial (scjm, Plenario))
- Ley 26.994
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