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Cámara de Apelaciones

Recurso de Apelación en expediente de la Vocalía Unipersonal nº 7 de la Sala III del Tribunal del Trabajo Nº C-044083/2015:DESPIDO: ALANIS, PATRICIA ROXANA C/ BEGUIER, CARLOS ANTONIO y GRUPO IMPRESOR S.R.L

La actora promovió recurso de apelación contra sentencia por despido sin causa y discriminatorio por embarazo. La Cámara de Apelaciones del Trabajo hizo lugar parcialmente a la apelación: confirmó la falta de legitimación del codemandado, rechazó la aplicación automática de la Ley 25.323 pero modificó la sentencia para reconocer la indemnización agravada del art. 182 LCT y ordenó cuantificar las reparaciones por discriminación conforme art. 1 Ley 23.592.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Cámara de Apelaciones del Trabajo - Sala II - Vocalía 4 (JUJUY)
Fuero
Cámara de Apelaciones del Trabajo - Sala II - Vocalía 4
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
24188/2026
Costas Legitimacion pasiva Liquidacion Despido sin causa Discriminacion por embarazo Ley 25.323 Ley 23.592 Honorarios diferidos Apelacion laboral Art. 182 lct

¿Quién es el actor?

Patricia Roxana Alanis (actora), representada por el Dr. Fernando Daniel Colqui.

¿A quién se demanda?

GRUPO IMPRESOR S.R.L. y codemandado Carlos Antonio Beguier.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Despido sin causa; indemnizaciones por despido agravado por embarazo (art. 178 y art. 182 LCT); reparación por discriminación y daños conforme Ley 23.592; rubros vinculados a registración y jornadas (Ley 25.323); individualización de rubros indemnizatorios y liquidación.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente al recurso de apelación; se confirmó la falta de legitimación pasiva del Sr. Carlos Antonio Beguier; se rechazó la aplicación de la indemnización del art. 1 Ley 25.323; se admitió la omisión en cuanto al art. 182 LCT y se reconoció la indemnización agravada del art. 182 LCT a favor de la trabajadora; se ordenó que en la instancia de origen se cuantifique la reparación por daño material y moral derivado del despido discriminatorio conforme art. 1 Ley 23.592; se impusieron las costas a la apelada mayoritariamente vencida; se difirió la regulación de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

“Por dicha resolución, la jueza de grado resolvió hacer lugar parcialmente a la demanda por despido sin causa interpuesta por la Sra. Patricia Roxana Alanís, en contra de GRUPO IMPRESOR S.R.L., a quien se condenó a abonar en un solo pago la suma que surja de la liquidación que practicará la perito contadora, con más intereses y costas. Asimismo, resolvió hacer lugar a la excepción de falta de legitimación pasiva opuesta por el codemadado Sr. Carlos Antonio Beguier.”

“Por lo considerado, propicio rechazar el primer agravio, confirmando la falta de legitimación pasiva del codemandado Sr. Carlos Antonio Beguier.”

“En consecuencia, corresponde hacer lugar al agravio en este punto, reconociendo a favor de la trabajadora la indemnización especial del art. 182 de la LCT, además de las indemnizaciones que le corresponden por despido sin justa causa. Del mismo modo, corresponde disponer que en la instancia de origen se proceda a cuantificar la reparación por el daño material y moral derivado del despido discriminatorio según lo resuelto en el fallo apelado, conforme lo establecido en el art. 1 de la Ley N° 23.592.”

¿Cómo votaron los jueces?

La Sala II integrada por las Dres. Amalia Inés Montes (voto rector) y Alejandro Hugo Domínguez (adhesión) acordó por mayoría las conclusiones tras deliberar; el bloque dispositivo final establece la resolución consignada.

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