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Cámara de Apelaciones

Recurso de Queja en C-197849/2022 Desalojo: Cappiello, Vicente c/ Brito, Gabriel Alejandro y Reader Moya, Mercedes Macarena

Los recurrentes impugnaron la denegatoria de la apelación contra la declaración de extemporaneidad en un juicio de desalojo. La Cámara desestimó la queja por improcedente y confirmó las providencias de fecha 02/12/25 y 16/12/25, sosteniendo que la resolución recurrida era irrecurrible y que la presentación adoleció de deficiente técnica recursiva.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Familia -Sala I-Vocalía 1 (JUJUY)
Fuero
Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Familia -Sala I-Vocalía 1
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
22824/2025
Queja Apelacion denegada Extemporaneidad Desalojo Providencia irrecurrible Art. 452 cpcyc Tecnica recursiva Acceso a la justicia Negligencia procesal Sala i camara de apelaciones jujuy

¿Quién es el actor?

Recurrentes en la queja: Mercedes Macarena Reader Moya y Gabriel Alejandro Brito (a través de su apoderada Dra. Verónica Fabiana Flores Carracedo).

¿A quién se demanda?

No procede (es un recurso contra providencias dictadas en autos de desalojo promovidos por Vicente Cappiello).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Queja contra la denegatoria de la apelación y sus providencias del 02/12/25 y 16/12/25, relativas a la extemporaneidad de un recurso de revocatoria con apelación en subsidio en el expediente de desalojo C-197849/2022.

¿Qué se resolvió?

Se desestimó la queja y se confirmaron las providencias del 02/12/25 y 16/12/25.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El recurso de queja por apelación denegada constituye un mecanismo corrector cuya finalidad es que la Cámara de Apelaciones revise la resolución dictada por el juez de primera instancia que deniega la apelación, y por lo tanto declare la procedencia del recurso, y asuma el conocimiento que como tribunal de alzada le corresponde. 'Tiene así por finalidad proveer un remedio para el supuesto en que, mediante la inadecuada denegatoria de un recurso de apelación, un juez de primera instancia obste a la parte litigante la posibilidad a que tiene derecho de ocurrir ante los estrados superiores de la administración de justicia…' (Morello-Sosa-Berizonce...)."

"Ahora bien, '…es indispensable en el análisis del recurso directo que el pronunciamiento recurrido sea apelable, calidad que en principio revisten las decisiones. Por lo tanto `…cuando el legislador ha dispuesto lo contrario en forma expresa, sea por el monto del juicio, sea por la naturaleza del asunto, por haber resolución definitiva…tampoco procede como lógica consecuencia el recurso de hecho´ (Miguel Sánchez de Bustamante...).' Entonces, para que proceda la queja no debe tratarse de un pronunciamiento irrecurrible de conformidad a la normativa procesal, en el caso, las providencias del 02/12/25 y 16/12/25 resultan irrecurribles (art. 452 del CPCyC)."

"Esta es la situación que se presenta, en tanto con la simple compulsa del expediente de origen se advierte que se ha interpuesto un recurso de revocatoria con apelación en subsidio en contra del rechazo -por extemporáneo- de otro recurso de revocatoria con apelación en subsidio, es decir que la recurrente interpuso el recurso de queja en forma extemporánea, ya que debió interponerlo contra la providencia del 22/10/25."

"Respecto a las garantías constitucionales cuya vulnerabilidad alega, cabe señalar que '…La garantía de la defensa no ampara la negligencia de las partes. Quien ha tenido amplia oportunidad para ejercer sus derechos responde por la omisión que le es imputable (Fallos: 287:145; 290:99; 306:195, entre otros)…' (CSJN, fallo 322:73, sentencia del 04/02/99)."

¿Cómo votaron los jueces?

El Dr. Mariano Ramiro Zurueta expuso el voto principal y el Dr. Nicolás Enrique Yanicelli adhirió; no hubo disidencia.

Normas que cita

  • CPCyC (Jujuy)art. 452
  • CPCCNCodigo procesal civil y comercial de la nacion
  • CPCC (Jujuy)arts. 230, 234

Fallos que cita

  • Recurso de Queja en C-197849/2022 Desalojo: Cappiello, Vicente c/ Brito, Gabriel Alejandro y Reader Moya, Mercedes MacarenaCámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Familia de Jujuy, Sala I
  • Morello-Sosa-Berizonce, "Códigos Procesales en lo Civil y Comercial"
  • Miguel Sánchez de Bustamante, "El recurso de hecho en la Capital Federal -teoría y práctica-"
  • Expte. 17508/2214/07/2022
  • Cam. Nac. Civ., Sala ACámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Sala A · 10/09/1971
  • Expte. 2093/92
  • Expte. Nº 2069/92
  • Gorordo Allaria de Kralj, Haydée María c/ Estado Nacional (Ministerio de Cultura y Educación.CSJN · 04/02/1999 · Fallos 322:73
  • Fallos 287:145CSJN
  • Fallos 290:99CSJN
  • Narciso ArroyoCSJN · Fallos 306:195

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