Ordinario por daños y perjuicios: Moreira, Ángel Primo c/ Gaspari, Sergio Luis e Ingenio Río Grande SACAAI
El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito en el que resultó atropellado al cruzar la Av. Éxodo. La Cámara rechazó la demanda y atribuyó la responsabilidad exclusiva a la conducta imprudente del peatón, fundada en su estado de embriaguez, la forma de cruzar la avenida y las pericias incorporadas.
¿Quién es el actor?
Moreira Ángel Primo.
¿A quién se demanda?
Sergio Luis Gaspari e Ingenio Río Grande S.A.C.A.A.I. (y se hace extensiva la sentencia a Héctor Hugo Gáspari).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Daños y perjuicios por lesiones derivadas del accidente de tránsito ocurrido el 03/01/2008 cuando el actor fue embestido por una camioneta Chevrolet dominio Y-037788.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la demanda interpuesta por Moreira y se impusieron las costas a la parte actora. Se regularon honorarios para los letrados y peritos y se intimó a acreditar gestoría a un patrocinante.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"De todas las circunstancias referidas, queda claro que la actitud de la parte actora fue por demás imprudente e irregular, influyendo su conducta causalmente en el evento, sin que advierta que el demandando haya incurrido en obrar negligente, en violación a las normas de la L. N.T."
"Estos antecedentes (intoxicación etílica, no mirar al cruzar, hacerlo a 15 metros del inicio de cuadra por una avenida) bastan para responsabilizar en forma exclusiva a la parte actora, que, con su indolente conducta comprobada, ha evidenciado 'culpa grave de la víctima', en grado suficiente (inevitable) para erigirse en la causal excluyente del siniestro y amerita rechazar la demanda por los daños consecuencia de aquel hecho."
"Es del caso señalar que el trámite se encuentra concluido por prescripción de la acción penal conforme sentencia de fecha 18/10/2013 ... lo que permite a este tribunal unipersonal el dictado de la sentencia civil, juzgando con plena libertad la culpa del imputado, de conformidad a las previsiones del art. 1.101 del C.C."
¿Cómo votaron los jueces?
No se registra voto en disidencia en el bloque dispositivo aportado; la resolución es firmada por la Jueza de la Vocalía 1 (Dra. Elba Rita Cabezas).
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Normas que cita
- Ley 22.977art. 27 · Registro de la propiedad automotor
- Decreto 6582
- CCarts. 1113, 1111, 1101, 1758
- CCCarts. 7, 1758
- CPC (Jujuy)arts. 19, 128, 16, 73, 296
- Ley 24.449arts. 39 inc. b, 50, 51, 64 · Ley de transito
- Ley 6368 (Jujuy)arts. 16, 17, 23, 24
- Acordada 114/16 (Jujuy)
- Acordada 505 (Jujuy)
Fallos que cita
- Moreira c/ Gaspari (cita de Kiper, Accidente de Automotores, tomo I, pág. 86)
- Fallos 300:561CSJN
- Ricardo Jose Russomando c/ Mario Daniel GoijmanCSJN · Fallos 315:802
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