JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

RECURSO DE APELACIÓN EN C-252.343/2024: COBRO DE SUMAS DE DINERO/PESOS: OFFREDDI, LEONARDO LUÍS c/ GALEOTTI, GUSTAVO HORACIO

El actor Offreddi promovió cobro de sumas de dinero contra Galeotti y se apeló la regulación de honorarios sobre cuotas reclamadas. La Cámara rechazó una aclaratoria planteada por el demandado y, en cambio, hizo lugar a la aclaratoria del actor para precisar que la base de U$D 160.000 se entiende con más los intereses que correspondan.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Cámara en lo Civil y Comercial -Sala II-Vocalía 5 (JUJUY)
Fuero
Cámara en lo Civil y Comercial -Sala II-Vocalía 5
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
22294/2025
Cobro de sumas de dinero Regulacion de honorarios Aclaratoria Intereses U$d 160.000 U$d 105.697 Recurso incidental Camara civil y comercial jujuy Notificacion Articulo 56 cpcc.

¿Quién es el actor?

Leonardo Luís Offreddi (representado por Dr. Federico Llermanos).

¿A quién se demanda?

Gustavo Horacio Galeotti (apoderado por Dr. Juan Sebastián Jenefes).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de sumas de dinero (cuotas reclamadas) y, en el marco del recurso de apelación, fijación de nuevas bases para la regulación de honorarios (se mencionan diferencias y montos en dólares: U$D 105.697 y U$D 160.000, correspondientes a la cuarta y quinta cuota).

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la aclaratoria del apoderado del demandado (Dr. Jenefes) y se hizo lugar a la aclaratoria del apoderado del actor (Dr. Llermanos), corrigiendo el considerando IV.2 de la sentencia de fecha 30/12/2025 para agregar que la base de U$D 160.000 debe entenderse "con más los intereses que correspondan".

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"III. Analizado el pronunciamiento no se advierte error material respecto al punto que denuncia el Dr. Juan Sebastián Jenefes, ni omisión o concepto oscuro que habilite el andamiento del recurso tentado por lo que corresponde su rechazo de conformidad al artículo 56 del Código Procesal Civil y Comercial."

"En cuanto a la aclaratoria formulada por el Dr. Federico Llermanos, advertimos que efectivamente se ha omitido consignar a las nuevas bases fijadas para las regulaciones de honorarios los intereses."

"Por lo que corresponde corregir el error y en consecuencia enmendar en la sentencia de fecha 30/12/25 en el considerando IV.2 donde dice: 'Por los fundamentos expuestos, propicio el rechazo del recurso de apelación interpuesto por el Dr. Federico Llermanos apoderado del actor y hacer lugar parcialmente al recurso de apelación planteado por el demandado, fijando nuevas bases para las regulaciones de los honorarios, así para la primera deberá tomar como base la diferencia reclamada (U$D 105.697) y para la segunda el monto de condena (importes de las cuarta y quinta cuotas: U$D 160.000)' debe decir: '…, fijando nuevas bases para las regulaciones de los honorarios, así para la primera deberá tomar como base la diferencia reclamada (U$D 105.697) y para la segunda el monto de condena (importes de las cuarta y quinta cuotas: U$D 160.000), con más los intereses que correspondan'."

"Por lo expuesto, la Cámara de Apelaciones de la Cámara en lo Civil y Comercial -Sala II- de la Provincia de Jujuy, RESUELVE: I. Rechazar la aclaratoria deducida por el Dr. Juan Sebastián Jenefes mediante escrito Nº2111536. II. Hacer lugar a la aclaratoria deducida por el Dr. Federico Llermanos mediante Escrito Nº2118774 y en consecuencia modificar el considerando IV.2 de la sentencia de fecha 30 de diciembre de 2.025, con el alcance dados en los considerandos. III. Agregar copia en autos, notificar por cédula, registrar."

¿Cómo votaron los jueces?

El bloque dispositivo final (RESUELVE) es el que decide; no se consignan votos en disidencia en el cuerpo remitido.

Normas que cita

  • CPCCNart. 56 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.