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Cámara de Apelaciones

Daños y Perjuicios: Bruno Mauricio Sebastian c/ Baldiviezo Fernandez Rene

La Dra. Sonia V. L. Calisaya solicitó la regulación de sus honorarios por las gestiones realizadas con posterioridad a la sentencia en autos de daños y perjuicios. La Cámara reguló los honorarios en $500.613, con intereses a la tasa activa del Banco Nación desde la fecha de la resolución y más IVA si correspondiera, y ordenó notificar y registrar lo actuado.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Cámara en lo Civil y Comercial -Sala I-Vocalía 1 (JUJUY)
Fuero
Cámara en lo Civil y Comercial -Sala I-Vocalía 1
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
C-140138/2019
Honorarios Regulacion Interes ? tasa activa banco nacion Zamudio c/ achi Ley 6.368 Actuaciones posteriores a la sentencia Notificacion por cedula C.a.p.s.a.p. Direccion provincial de rentas Danos y perjuicios

¿Quién es el actor?

Dra. Sonia Vilma Liliana Calisaya, abogado solicitante de regulación de honorarios.

¿A quién se demanda?

Pedido incidental formulado en los autos principales (expte. C-140138/19 “Daños y Perjuicios: Bruno Mauricio Sebastian c/ Baldiviezo Fernandez Rene”); no existe una “parte demandada” directa en la regulación de honorarios.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Regulación de honorarios profesionales por la labor desarrollada con posterioridad a la sentencia definitiva en los autos y en el Expte. Nº C-134095/19 (cautelar).

¿Qué se resolvió?

Se regulan los honorarios de la Dra. Sonia V. L. Calisaya en la suma de $500.613; la suma devengará interés a la tasa activa del Banco Nación conforme criterio del STJ en Zamudio c/ Achi desde la fecha de la resolución hasta su efectivo pago, más IVA si correspondiere. Ordena registrar, agregar copia, notificar por cédula e intervenir a la C.A.P.S.A.P. y Dirección Provincial de Rentas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"2. En consecuencia, corresponde regular los honorarios profesionales por la labor cumplida en el presente proceso con posterioridad a la sentencia definitiva, de conformidad a las pautas legales de los artículos 16 (resolución fundada), 17 (parámetros) y 31 inc. e (actuaciones posteriores a la sentencia) de Ley Nº 6.368.

Conforme a ello, y teniendo en cuenta el monto regulado al anterior abogado representante del demandado (hoy $1.501.841), la complejidad, la responsabilidad y el resultado, corresponde regular los honorarios profesionales de la Dra. Sonia V. L. Calisaya en la suma de $500.613 (1/3 por acreditar el cumplimiento de la sentencia el 5/6/25, solicitar el levantamiento de embargo 1/7/25, diligenciar oficio a Inmuebles 13/10/25) a la fecha de la presente resolución, por la labor desarrollada con posterioridad a la sentencia en estos autos y en el Expte. Nº C-134095/19 “Cautelar:…”.

Dicha suma devengará el interés de la tasa activa del Banco Nación de conformidad al criterio establecido por el STJ en la causa Zamudio c/ Achi, desde la fecha de la presente resolución y hasta su efectivo pago, más IVA si correspondiere."

¿Cómo votaron los jueces?

No se registra voto en disidencia en la parte resolutiva final aportada.

Normas que cita

  • Ley 6.368 (Jurisdicción)arts. 16, 17, 31 inc. e

Fallos que cita

  • Zamudio c/ AchiSTJ

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