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Cámara de Apelaciones

DESPIDO: LOPEZ, LEONARDO FABIAN C/ EL URBANO S.R.L

El actor promovió demanda por despido y reclamó indemnizaciones (antigüedad, preaviso, integración, vacaciones, SAC y diferencias salariales). La Vocalía Unipersonal rechazó la demanda, entendiendo acreditada la injuria y la pérdida de confianza por la venta/retención de boletos y antecedentes disciplinarios que justifican el despido con justa causa.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Tribunal del Trabajo-Sala III-Vocalía 7 (JUJUY)
Fuero
Tribunal del Trabajo-Sala III-Vocalía 7
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
C-88407/2017
Despido Justa causa Perdida de confianza Injuria Sanciones disciplinarias Lct art. 242 Apelacion (clasificacion procesal) Costas Honorarios Tribunal del trabajo jujuy

¿Quién es el actor?

Sr. Leonardo Fabián López, representado por el Dr. Carlos Sebastián Espada.

¿A quién se demanda?

EL URBANO S.R.L., representada por el Dr. Enrique René Rivas.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por despido (indemnización por antigüedad; sustitutiva de preaviso; integración mes de despido; proporcional mes de diciembre de 2016; vacaciones y SAC 2014-2016; diferencias salariales diciembre 2014 a diciembre 2016; multas ley 25.323 art.2; intereses y costas).

¿Qué se resolvió?

Rechazar la demanda; imponer costas al actor por el orden causado; regular honorarios a favor de ambos abogados en $750.680 y $1.072.400 respectivamente (más IVA de corresponder).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"De las constancias de autos, surge que el empleador había sancionado al actor, según surge de las resoluciones de fechas: 17/05/2016 ..., 11/10/2016 ... y 31 de octubre de 2016, donde el actor recibe una sanción de veinte días de suspensión ... en todos los casos obran los descargos del actor... Es decir, que en el año 2016, son cuatro las sanciones disciplinarias aplicadas al Sr. Lopez, notificadas al actor, y no surgen de autos, que las sanciones hubiesen sido cuestionadas, por lo que se debe concluir que han sido consentidas por el actor."

"La pérdida de confianza no es causal autónoma de despido, sino que es necesaria la existencia de hechos desleales que la justifiquen... Para que la pérdida de confianza en el trabajador sea constitutiva de injuria, el factor subjetivo debe derivar de un hecho objetivo que, injuriante por sí mismo, se vea agravado por la pérdida de confianza que tal hecho trae aparejado... Las manifestaciones formuladas por el actor en su descargo no resultan suficientes para desvirtuar la causa invocada por la demandada, pues carecen de respaldo probatorio."

"Configurada la injuria, acreditada con la documental adjuntada que no ha sido desconocida por el trabajador, la empresa ha decidido aplicar la máxima sanción al trabajador, esto es extinguir el contrato de trabajo, decisión que luce razonable conforme las pautas del art. 242 de la LCT. En consecuencia, corresponde rechazar la demanda."

¿Cómo votaron los jueces?

No se registran votos en disidencia en el texto; la resolución final corresponde a la Vocalía Unipersonal Nº 7 (decisión unipersonal).

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