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Cámara de Apelaciones

MARINERO, NELSON OMAR c/ ANSES Y OTRO s/AMPARO LEY 16.986

Amparo promovido por Nelson Omar Marinero contra ANSES y ARCA por la aplicación del impuesto a las ganancias sobre su haber jubilatorio. La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia de primera instancia y rechazó la apelación de ARCA por entender que la gravabilidad de los haberes previsionales es inaplicable por afectar la integralidad del haber y por constituir doble imposición.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA A - SECRETARIA PREVISIONAL
Fuero
FEDERAL DE MENDOZA
Jurisdicción
Federal · Mendoza
Expediente
FMZ 015873/2025/CA001 - CA003
Amparo Impuesto a las ganancias Jubilaciones Inconstitucionalidad Doble imposicion Integralidad del haber Anses Costas Ley 16.986 Csjn cuesta / garcia

¿Quién es el actor?

Nelson Omar Marinero.

¿A quién se demanda?

ANSES y ARCA (ARCA apeló).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

acción de amparo (Ley 16.986) solicitando la inaplicabilidad del impuesto a las ganancias y del art. 9 de la ley 24.463 sobre el haber jubilatorio del actor.

¿Qué se resolvió?

se rechazó el recurso de apelación interpuesto por ARCA y, en consecuencia, se confirmó la resolución de primera instancia; se impusieron las costas a la recurrente vencida; no se regularon honorarios de la representación letrada de la actora por no haber intervenido en la instancia; los honorarios de ANSeS se regirán por el art. 2 de la ley arancelaria.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La CSJN si bien en el fallo 'García, Maria Isabel c/AFIP' (fallo: 342:411 de fecha 26/03/2019) determinó ciertas condiciones de vulnerabilidad para justificar la exención del impuesto a las ganancias sobre los haberes jubilatorios, dicha postura fue ampliada en posteriores fallos –citados por el a-quo-, en los que se declaró la exención del tributo a los haberes previsionales por afectar la sola condición de jubilados."

"La Corte declara la inconstitucionalidad de la norma, precisamente porque el haber del jubilado, sin importar su vulnerabilidad, no constituye una ganancia en términos técnicos legales, susceptible del tributo en cuestión, no obstante, su previsión normativa, además de que se opone a la garantía de integralidad del haber, extremo que se encuentra amparado constitucionalmente."

"En la causa 'Cuesta Jorge C/ AFIP' de la CSJN del año 2015, surge que '… resulta a todas luces contradictorio que los beneficios previsionales, protegidos por garantías constitucionales, sean afectados como una renta, enriquecimiento, rendimiento o ganancia gravada por el propio Estado...'. También se consideró la existencia de 'doble imposición' al gravar tanto la etapa activa como la pasiva."

Además, el voto sostiene que la facultad del Poder Judicial para declarar la inconstitucionalidad de una ley es propia del control de constitucionalidad y no implica usurpación de funciones legislativas: "tal actitud no importa declarar una exención tributaria, sino que atento a la arbitrariedad de la norma, la justicia debe declarar su inaplicabibidad al caso en concreto, sin que ello importe inmiscuirse en políticas legislativas."

¿Cómo votaron los jueces?

votaron por unanimidad los Dres. Sebastián G. Soneira (voto que desarrolla los fundamentos), Manuel A. Pizarro y Juan I. Pérez Curci (adhiriendo). No hubo disidencia.

Normas que cita

  • Ley 16.986art. 14 · Amparo
  • Ley 24.463art. 9 · Solidaridad previsional
  • Ley 27.346art. 23 (sustitución) · Impuesto a las ganancias, iva y regimen simplificado para pequeños contribuyentes
  • Ley 20.628arts. 1, 2, 79 inc.c) · Impuestos a las ganancias
  • Resolución 2437/2000 (Nacional (afip))
  • Ley 24.241art. 125 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
  • Constitución Nacionalart. 14 bis · Constitucion nacional
  • ley arancelariaart. 2

Fallos que cita

  • García, María Isabel c/ AFIPCSJN · 26/03/2019 · Fallos 342:411
  • Cuesta, Jorge c/ AFIPCSJN · 29/04/2015
  • Cavallaro, Marta Rosa c/ ANSESCAMARA FEDERAL DE MENDOZA (Sala A)

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