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Cámara de Apelaciones

MARTELLI, NESTOR EDUARDO c/ ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (AFIP) s/ACCION MERE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD

Acción declarativa de inconstitucionalidad contra la aplicación del Impuesto a las Ganancias sobre haberes previsionales. La Cámara Federal de La Plata revocó la sentencia de primera instancia y declaró la inaplicabilidad del régimen del impuesto a las ganancias respecto del haber previsional del actor, ordenando además la devolución de las retenciones conforme a lo resuelto.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I - SECRETARIA CIVIL
Fuero
FEDERAL DE LA PLATA
Jurisdicción
Federal · Buenos Aires
Expediente
FBB 003300/2023/CA001
Accion declarativa de inconstitucionalidad Impuesto a las ganancias Haberes previsionales Vulnerabilidad Devolucion de retenciones Interes bcra Costas Precedente garcia Arca/afip Camara federal de la plata

¿Quién es el actor?

Néstor Eduardo Martelli.

¿A quién se demanda?

Administración Federal de Ingresos Públicos (ARCA – ex AFIP).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción meramente declarativa de inconstitucionalidad del régimen del Impuesto a las Ganancias aplicado sobre los haberes previsionales del actor; petición accesoria de devolución de las sumas retenidas.

¿Qué se resolvió?

Se revocó la sentencia apelada y se hizo lugar a la demanda, declarando la inaplicabilidad del régimen del impuesto a las ganancias sobre los haberes previsionales del señor Martelli en los términos expresados por el Tribunal; se impusieron las costas de ambas instancias en el orden causado. Asimismo, se ordenó la devolución de las retenciones desde el inicio de la acción hasta su efectivo pago y la aplicación de la tasa pasiva promedio mensual del BCRA para los intereses.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"III. Presente lo expuesto, la constitucionalidad del Impuesto a las Ganancias sobre las jubilaciones fue motivo de tratamiento por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente 'García' (Fallos: 342:411), sentencia del 26-3-2019, cuya analogía con el caso en tratamiento, hace aconsejable, remitir a sus fundamentos. Cabe señalar que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha consagrado un estándar que mantiene la validez constitucional del tributo, y reservó para las situaciones debidamente comprobadas la declaración de inconstitucionalidad. ... es menester considerar el monto del beneficio percibido, la entidad de los descuentos efectuados, la continuidad en el tiempo de éstos, la edad del demandante, la situación de salud y, eventualmente, las circunstancias especiales que lo coloquen en situación de vulnerabilidad."

"IV. ... del examen de la prueba incorporada al expediente se advierte que el actor, de 70 años de edad, percibe beneficios de jubilación y pensión ... y sus haberes previsionales se encuentran alcanzados por el impuesto mencionado. Cabe destacar la merma que se produce en virtud de la aplicación del impuesto a las ganancias que impacta en forma directa sobre el carácter alimentario de su haber previsional, el cual resulta imprescindible a los fines de atender los gastos ordinarios de la vida cotidiana y de los que requiera su subsistencia. Por lo tanto, en atención a su avanzada edad, su estado de salud, al monto de su haber previsional y a las restantes circunstancias personales, puede advertirse que la actora es pasible de ser considerada en una situación de vulnerabilidad a los fines del no cobro del tributo en cuestión, encontrándose su condición abarcada por lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente 'García'."

"V. ... corresponde ordenar el reintegro de los descuentos efectuados en los haberes previsionales del actor por el impuesto cuestionado desde la fecha de inicio de esta acción y hasta su efectivo pago, siguiendo el criterio sostenido en reiterados precedentes de esta Sala ..."

"VI. En relación con los intereses a establecer sobre las sumas a devolver, es procedente la aplicación de la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina (BCRA), conforme el plenario de esta Cámara Federal dictado en la causa 'Gómez, Ricarda c/ ENTEL s/ Indemnización por despido'."

"VII. Por último, en cuanto a las costas, ... deben confirmarse en el orden causado las de primera instancia e imponerse en el mismo sentido las de Alzada (art. 68, segundo párrafo de Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

¿Cómo votaron los jueces?

No se consignan votos en disidencia en la parte dispositiva final.

Normas que cita

  • Ley 20.628arts. 23 inc. c), 79 inc. c), 81, 90 · Impuestos a las ganancias
  • Ley 27.346Impuesto a las ganancias, iva y regimen simplificado para pequeños contribuyentes
  • Ley 27.430Impuestos
  • Decreto 473/23
  • Ley 27.725Ley de impuesto a las ganancias
  • CPCCNarts. 68, segundo párrafo · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • BCRA (tasa pasiva promedio mensual)

Fallos que cita

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