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Cámara de Apelaciones

PEREYRA, GABRIEL MARCELO c/ EXPERTA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

Acción por prestaciones previsionales derivadas de accidente de trabajo contra Experta ART S.A. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (Sala II) modificó la sentencia de grado: revocó la declaración de inconstitucionalidad del DNU 669/19, fijó el capital de condena en $3.133.760,95 y ordenó su repotenciación por RIPTE desde el 4/4/2023, aplicando interés legal previsto sólo en caso de incumplimiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA II
Fuero
NACIONAL DEL TRABAJO
Jurisdicción
Nacional · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNT 038259/2023/CA002
Accidente de trabajo Ley 24.557 Dnu 669/19 Ripte Actualizacion de condena Intereses Inconstitucionalidad Honorarios Art Apelacion.

¿Quién es el actor?

Gabriel Marcelo Pereyra.

¿A quién se demanda?

Experta ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo de prestaciones previstas en el art. 14 inc. 2.a) de la ley 24.557 por incapacidad derivada de accidente de trabajo (hecho 4/4/2023); apelación contra la sentencia de grado que había hecho lugar al reclamo y había declarado de oficio la inconstitucionalidad del DNU 669/19; agravios sobre la metodología de actualización y sobre honorarios.

¿Qué se resolvió?

Se dejó sin efecto la declaración de inconstitucionalidad del DNU 669/19 dispuesta en grado y se modificó la sentencia apelada estableciendo el capital de condena en $3.133.760,95; ese capital se repotenciará mediante la aplicación del índice RIPTE desde el 4 de abril de 2023 hasta el efectivo pago, con más los intereses previstos en el tercer párrafo del art. 12 de la ley 24.557 sólo en caso de incumplimiento a la intimación de pago; se confirmó la sentencia en lo demás; se dejaron sin efecto los honorarios de la anterior instancia y se fijaron conforme al considerando III; se impusieron las costas de alzada a la demandada; y se reguló en alzada el 30% de lo que corresponda por la actuación en grado para la representación de la actora.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La norma del inc. 2° del art. 12 de la LRT, introducida por el DNU 669/19, constituye una pauta ineludible para la adecuación de los importes prestacionales en el régimen especial. Esa norma remedia la desnaturalización de la acreencia derivada de su ponderación a valores históricos o nominales. La tasa activa del Banco de la Nación Argentina al incumplimiento de la intimación de pago.

Desde tal perspectiva, no se advierte cuál sería el gravamen que la aplicación de aquel mecanismo de readecuación podría irrogar a la parte trabajadora, en cuyo exclusivo beneficio fue establecido. Cuadra memorár, además, que la declaración de inconstitucionalidad de una norma constituye la ultima ratio del orden jurídico. Por lo tanto, la invalidación dispuesta de oficio en grado no puede ser mantenida."

"En consecuencia, corresponde modificar lo resuelto en grado y establecer el capital de condena en la suma de $3.133.760,95. Ese capital se repotenciará mediante la aplicación del índice RIPTE desde el mes de la primera manifestación invalidante –4 de abril de 2023– hasta el efectivo pago, con el punto de partida antes indicado. En caso de incumplimiento a la intimación de pago, sobre el capital así actualizado se aplicarán los intereses previstos en el tercer párrafo del art. 12 de la ley 24.557 (conf. ley 27.348 y DNU 669/19) hasta su efectiva cancelación."

¿Cómo votaron los jueces?

No se registran votos en disidencia; ambos jueces concurrieron al acuerdo.

Normas que cita

  • DNU 669/19
  • Ley 24.557arts. 12, 14 inc. 2.a) · Ley de riesgos del trabajo
  • Ley 27.348Riesgos del trabajo
  • Ley 26.773art. 3 · Riesgos del trabajo
  • CCyCNart. 770 inc. b) · Codigo civil y comercial de la nacion
  • CPCCNarts. 279, 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Ley 27.423arts. 16, 21, 30 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • Resolución SRT 12/2023
  • Resolución SRT 1039/19
  • Resolución SRT 332/23

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