PANIAGUA JUAN CARLOS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor demandó a ANSES solicitando el reajuste de su jubilación bajo la ley 24.241 por servicios mixtos y la declaración de inconstitucionalidad de normas aplicables. El Juzgado Federal de la Seguridad Social Nº10 hizo lugar parcial a la demanda, ordenó el recalculo del haber y pago del retroactivo conforme a las pautas fijadas y rechazó la prescripción opuesta por ANSES.
¿Quién es el actor?
PANIAGUA JUAN CARLOS.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste del beneficio previsional (jubilación Nº 14-0-2339956-0-1, fecha de adquisición del derecho 29/08/2023) conforme ley 24.241 por servicios mixtos y cuestionamiento de la constitucionalidad de diversas disposiciones legales y reglamentarias.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente a la demanda; se rechazó la defensa de prescripción deducida por ANSES; se ordenó a ANSES que abone el haber recalculado y el retroactivo conforme a las pautas del decisorio dentro de los 120 días desde que la sentencia quede firme; se impusieron las costas por su orden; y se difirió la regulación de honorarios hasta contar con la liquidación aprobada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"A efectos de resolver la cuestión litigiosa, cabe advertir en primer término que “los jueces no están obligados a ponderar una por una y exhaustivamente todas las constancias de la causa, sino sólo aquellas que estimen conducentes para fundar sus conclusiones (Fallos, 311:571) y para la correcta solución del litigio (311:836), y tampoco están obligados a tratar todas las cuestiones propuestas por las partes ni analizar los argumentos utilizados que a su juicio no sean decisivos (301:970 y 311:1191)”."
"Ello así, a fin de verificar los extremos requeridos por la Excma. C.S.J.N. in re “Quiroga, Carlos Alberto c/ ANSeS s/ Reajustes Varios” y con el objeto de ponderar la falta de reajuste en la P.B.U. inicial, respecto al mecanismo para repararla, por economía procesal, corresponde estarse a los precedentes CFSS Sala I “Pérez José c/ ANSeS s/Reajustes Varios”… que dispone que el valor del MOPRE debe ser actualizado por el índice considerado por la Excma. CSJN en el precedente “Badaro” y luego las movilidades dispuestas por ley 26198 y los decretos 1346/07 y 279/08, y a partir de 03/2009 los aumentos previstos por la ley 26.417 hasta la fecha de adquisición del beneficio."
"Ello así, a fin de establecer dicha incidencia, corresponde utilizar la siguiente metodología de cálculo: 1) en primer lugar, establecer la diferencia entre la PBU reajustada y la PBU de Caja = Merma Cuantificada (“M.C”); 2) la “Merma Cuantificada” se la multiplica x 100; y –finalmente- 3) El resultado de la cuenta anterior se divide por el Haber Inicial Reajustado según Sentencia (“HIRS”); a saber: PBU caja + PC reajustada + PAP reajustada = Porcentaje de confiscatoriedad = (“M.C” x 100 % “HIRS”)."
"En consecuencia, atendiendo a la fecha de adquisición del derecho, y toda vez que el Congreso de la Nación ha dispuesto en forma específica el índice que corresponde aplicar para la actualización de las remuneraciones correspondientes (conf. Art. 4 de la ley 27.609), procede desestimar el reclamo ejercido sobre el punto."
"El haber recalculado de conformidad con las pautas establecidas en el presente decisorio en ningún caso podrá exceder los porcentajes establecidos en las leyes de fondo (conf. CSJN in re: “Villanustre Raúl Félix” del 17/12/91 y “Mantegazza, Ángel Alfredo c/ Anses del 14/11/2006”), análisis que concretaré en la etapa de ejecución."
(No hay votos en disidencia en la sentencia analizada.)
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Normas que cita
- Ley 24.241art. 24 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Ley 26.417art. 2 · Prestaciones previsionales
- Ley 27.609art. 4 · Indice de movilidad jubilatoria
- Ley 24.463art. 9 · Solidaridad previsional
- Ley 22.193
- Decreto 1346/07
- Decreto 279/08
- Decreto 433/94
- Decreto 1361/80
- Decreto 2627/92
- Ley 25.994art. 6 · Jubilaciones y pensiones
- Ley 25.865Iva - monotributo
- Ley 24.476Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Resolución 6/06 (Resol. SSS)art. 14 pto 4
- Resolución 06/09 SSSart. 14.2
- Ley 26.198
Fallos que cita
- "Quiroga, Carlos Alberto c/ ANSeS s/ Reajustes Varios"CSJN · 11/11/2014
- "Badaracco, Zulema"CSJN · 06/07/2004
- "Carstens, Haydee"CSJN · 20/08/2008
- "Neuberger, Erico"CSJN · 30/09/2008
- "Volonté"CSJN · 28/03/1985
- "Makler, Simón c/ ANSeS s/Inconstitucionalidad ley 24.463"CSJN · 20/05/2003
- "Pellegrini, Américo c/ ANSeS s/ Reajustes Varios"CSJN · 28/11/2006
- "Spitale Josefa Elida c/ANSeS s/impugnación de resolución"CSJN · 14/09/2004
- "Cahais"CSJN
- "Badaro"CSJN
- "Actis Caporale"CSJN
- "Del Azar Suaya"CSJN
- "Argento, Federico Ernesto"CSJN
- "Villanustre Raúl Félix"CSJN · 17/12/1991
- "Mantegazza, Ángel Alfredo c/ Anses"CSJN · 14/11/2006
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