FERREYRA NESTOR FABIAN c/ FRIGORIFICO PALADINI S.A. s/ COBRO DE PESOS
El actor reclamó cobro de pesos por despido e indemnizaciones laborales, incluyendo diferencias de comisiones y nulidad del tope indemnizatorio. La Cámara de Apelaciones confirmó la mayor parte de la sentencia de primera instancia, declaró inconstitucional in totum el tope del art. 245 LCT y la procedencia del art. 1 Ley 25.323, pero rechazó las diferencias de comisiones y confirmó la base de cálculo con comisiones al 0,05% y la inclusión de viáticos.
¿Quién es el actor?
Sr. Néstor Fabián Ferreyra (DNI 26.403.011).
¿A quién se demanda?
Frigorífico Paladini S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de pesos por despido (indemnización por antigüedad, preaviso sustitutivo, integración mes de despido, SACs, días trabajados, vacaciones proporcionales, indemnización por clientela), diferencias de comisiones (disputa sobre porcentaje: 0,15% vs 0,05% por ventas y cobranzas), aplicación de rubros art. 80 LCT, art. 1 y 2 Ley 25.323, y declaración de inconstitucionalidad del tope indemnizatorio del art. 245 LCT.
¿Qué se resolvió?
No hacer lugar al recurso de la demandada; se confirma la sentencia apelada en los puntos que ella agravió.
Hacer lugar parcialmente al recurso del actor respecto de la declaración de inconstitucionalidad total del tope del art. 245 LCT y la procedencia de la multa del art. 1 Ley 25.323; dichos rubros se incorporan a la planilla.
Rechazar el recurso del actor en lo relativo a las diferencias de comisiones y el cálculo sobre la base del 0,15% por ventas y cobranzas; se confirma la planilla con comisiones al 0,05% y la incorporación de viáticos.
Se dicta una planilla sustitutiva que condena a la demandada al pago de $9.734.527,43 con inclusión de los rubros y la multa dispuesta.
Costas y regulación de honorarios reasignadas conforme lo resuelto.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"I). NO HACER LUGAR al recurso de apelación deducido por la demandada, FRIGORÍFICO PALADINI S.A., en contra de la sentencia definitiva N° 396 de fecha 06/06/2022, la que se confirma en cuanto fuera materia de agravios.
II). HACER LUGAR PARCIALMENTE al recurso de apelación deducido por el actor en autos Sr. NÉSTOR FABIÁN FERREYRA, en contra de la sentencia definitiva antes mencionada, respecto de los agravios sobre la inconstitucionalidad total del tope (remuneración base de cálculos) y el Art. 1° de la ley 25.323, las cuales se incorporan y reflejan en la planilla de este decisorio, RECHAZÁNDOSE el recurso por las diferencias de comisiones y el cálculo de las indemnizaciones sobre la base del 0,15% por ventas y 0,15% por cobranzas, confimándose la sentencia en estos puntos materia de agravios, conforme a lo considerado."
"En consecuencia se dicta la siguiente SUSTITUTIVA de los puntos resolutivos II, IV y V: 'I - ADMITIR la excepción de fondo de prescripción deducida por la representación letrada de la demandada, por lo considerado. II - ADMITIR PARCIALMENTE la demanda interpuesta por el Sr. Néstor Fabián Ferreyra ... En consecuencia se condena a la accionada al pago, en el plazo de 10 (diez) dias, computados desde que quede firme la presente sentencia, de la suma total de $ 9.734.527,43 ... en concepto de indemnización por antigüedad, indemnización sustitutiva del preaviso, Integración mes de despido, SAC proporcional, SAC sobre preaviso, SAC sobre Integración mes de despido, días trabajados junio 2017, vacaciones proporcionales, indemnización por clientela e indemnizaciones previstas por los arts. 1 y 2 de la ley N° 25.323 y 80 de la LCT...'"
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En consecuencia, a juicio de esta Vocalía, no resulta razonable, justo ni equitativo, que la base salarial prevista en el primer párrafo del citado art. 245 de la Ley de Contrato de Trabajo ... pueda verse reducida por porcentaje alguno, por imperio de su segundo y tercer párrafo. ... declaro la inconstitucionalidad total del tope establecido por la norma en análisis, para el presente caso, atento lo solicitado y oída la Señora Fiscal de Cámara (dictamen 08/11/2022)."
Sobre la carga probatoria y comisiones/viáticos:
"Al no haber acompañado dicho libro, el Art. 61 del CPL autoriza a tener por ciertas las afirmaciones del trabajador sobre las circunstancias que deban constar en tales asientos. ... En consecuencia, por los fundamentos expuestos considero ajustado a derecho que el cálculo del porcentaje establecido precedentemente (del 0,05% sobre las ventas e igual porcentaje sobre las cobranzas) sea tomado sobre la facturación de fs. 88/89 y planilla de ventas y cobranzas que da cuenta la constancia de fs. 19, a las que refiere el actor en su demanda ... Así lo declaro."
Sobre art.1 Ley 25.323:
"Que por lo considerado, corresponde declarar la procedencia del rubro Art. 1 de la ley 25.323, cuya cuantía se determina en planilla a practicarse en adelante. Así lo declaro."
¿Cómo votaron los jueces?
El voto de la vocal preopinante María del Carmen Domínguez contiene el desarrollo y propuesta; la vocal segunda Marcela Beatriz Tejeda adhirió íntegramente: "Por compartir los fundamentos esgrimidos por la Sra. Vocal Preopinante, me pronuncio en igual e idéntico sentido. ES MI VOTO." El bloque dispositivo final acordó conforme los votos (mayoría unánime).
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Leyes que cita
- Ley 20.744Ley de contrato de trabajo
- Ley 25.323Contrato de trabajo
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.