AGROPRODUCCION S.A. s/ CONCURSO PREVENTIVO. INCIDENTE DE VERIFICACION TARDIA
La incidentista en Agroproducción S.A. s/ Concurso preventivo. Incidente de verificación tardía interpuso recurso de queja por casación denegada contra la resolución de la Cámara. La Corte Suprema de Justicia de Tucumán declaró inadmisible la queja por inobservancia del art. 812 del CPCCT, adhiriendo al dictamen del Ministerio Público Fiscal.
¿Quién es el actor?
La incidentista en autos "Agroproducción S.A. s/ Concurso preventivo. Incidente de verificación tardía" (que interpone la queja).
¿A quién se demanda?
Contra la sentencia de fecha 30/11/2022 dictada por la Sala II de la Excma. Cámara Civil y Comercial Común, Centro Judicial Capital.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de queja por casación denegada (por la incidentista) contra la sentencia de la Cámara.
¿Qué se resolvió?
Se declaró inadmisible el recurso de queja por casación denegada; se protocolizó el dictamen del Ministerio Público Fiscal de fecha 20/12/2022.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Viene a conocimiento y resolución de esta Corte Suprema de Justicia, el recurso de queja por casación denegada interpuesto por la incidentista contra la sentencia de fecha 30/11/2022, dictada por la Sala II, de la Excma. Cámara Civil y Comercial Común, del Centro Judicial Capital.
Los antecedentes del caso y la cuestión planteada ha tenido un adecuado análisis por parte del Ministerio Público Fiscal, cuya solución y fundamentos esta Corte comparte, en tanto el recurso en estudio resulta inadmisible por inobservancia de las disposiciones contempladas por el art. 812 del CPCCT.
Por ello, y oído lo dictaminado por el Ministerio Público Fiscal, se
I.- DECLARAR INADMISIBLE el recurso de queja por casación denegado interpuesto por la incidentista contra la sentencia de fecha 30/11/2022, dictada por la Sala II, de la Excma. Cámara Civil y Comercial Común, del Centro Judicial Capital.
II.- PROTOCOLIZAR el dictamen del Ministerio Público Fiscal, de fecha 20/12/2022.
HÁGASE SABER."
¿Cómo votaron los jueces?
"Adhiero a la solución propuesta en el voto preopinante, en cuanto considera inadmisible el recurso directo en trato, toda vez que en el caso, tal como lo señala el dictamen del Ministerio Público Fiscal, no existe un pronunciamiento que hubiese denegada el recurso de casación interpuesto por la incidentista contra el pronunciamiento de la Cámara del 30/09/2022.
En efecto, la sentencia de fecha 30/11/2022 no hizo lugar al recurso de revocatoria interpuesto por la propia quejosa, confirmando el proveído de fecha 24/10/2022 que dispuso: 'I) Téngase presente el informe actuarial que antecede. A resolución del Tribunal'.
Consecuente con ello, de los antecedentes acompañados a la queja, no se advierte que el Tribunal a quo se hubiera pronunciado concreta y expresamente sobre la admisibilidad del recurso de casación."
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.