PEDRAZA MIGUEL ANGEL (H) c/ SUAREZ OLGA MONICA, PEDRAZA MARIA ALICIA , PEDRAZA MARIA INES Y PEDRAZA MARIA MONICA s/ COBRO DE PESOS
El actor reclamó el reconocimiento de relación laboral y el cobro de diversas indemnizaciones y haberes contra las herederas del titular de la empresa fúnebre. La Cámara hizo lugar al recurso y modificó la sentencia de primera instancia, admitiendo parcialmente la demanda y condenando a las demandadas al pago de $27.130.677,58 por diversos rubros laborales por despido indirecto.
¿Quién es el actor?
Miguel Ángel Pedraza (h), DNI 12.373.317.
¿A quién se demanda?
Olga Mónica Suárez; María Alicia Pedraza; María Inés Pedraza; María Mónica Pedraza, en su carácter de herederas del Sr. Miguel Ángel Pedraza y, actualmente, como herederas de la demandada Olga Mónica Suárez.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reconocimiento de relación de dependencia y cobro de indemnizaciones y haberes (indemnización por antigüedad, indemnización sustitutiva de preaviso, integración mes de despido, SACs, vacaciones proporcionales, multa ley 25.323, doble indemnización Decreto 34/19, indemnización art. 80 LCT, salarios enero-julio 2021, etc.) por despido indirecto denunciado el 03/08/2021.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al recurso de apelación del actor, se modificó la sentencia de primera instancia y se admitió parcialmente la demanda. Se declaró la existencia de relación laboral desde el 01/11/1979 hasta el distracto del 03/08/2021; se fijó categoría Administrativo A; se condenó a las demandadas al pago de $27.130.677,58 (capital más intereses según planilla) por los rubros reclamados, se absolvió a las demandadas respecto de vacaciones 2019 y 2020, se impusieron costas a las demandadas y se regularon honorarios de ambas instancias.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Del bloque resolutivo final (texto de la Sala, destacado como lo resuelto):
"Iº) HACER LUGAR al recurso de apelación deducido por la parte actora en contra de la sentencia de 19/09/2023 dictada por el Juzgado del Trabajo de la VIIIº Nominación, por lo que se modifica la resolución atacada y en su sustitución se dicta la siguiente: 'I) ADMITIR PARCIALMENTE LA DEMANDA interpuesta por Miguel Ángel Pedraza (h)... En consecuencia, se condena a estas a pagar la suma de $ 27.130.677,58 ... en concepto de indemnización por antigüedad; indemnización sustitutiva de preaviso; SAC s/previso, Integración del mes del despido; SAC proporcional 2021; Vacaciones proporcionales 2021; art. 2 de la ley 25323; Multa Decreto 34/19; Indemnización del art. 80 de la LCT, y haberes de enero a julio del año 2021.'"
Sobre la valoración probatoria y la presunción del art. 23 LCT (voto preopinante):
"De todo lo hasta aquí expuesto surge que la parte demandada no solo no negó categóricamente la existencia del vínculo laboral invocado por el actor en sus epístolas sino que las contestaron haciendo imputaciones al actor de supuestas inconductas o faltas que son propias de un vínculo con dicha naturaleza laboral... Todo esto demuestra que el actor prestaba tareas con las notas típicas de dependencia para la empresa unipersonal de su padre y que, fallecido este último, tuvo que hacerse también cargo de su manejo. Entonces, era la parte demandada quien tenía que desvirtuar lo anterior mediante la acreditación de la existencia de algún impedimento para la configuración de ese vínculo laboral... Por todo lo expuesto, corresponde hacer operativa la presunción establecida en el art. 23 de la LCT y, sin que exista prueba en contrario por la parte demandada, darle la razón al recurrente acerca que el vínculo que lo unió con la empresa unipersonal de su padre fallecido ... era de carácter dependiente."
Sobre fecha de ingreso, categoría y jornada:
"Respecto de la fecha de ingreso, el actor denunció en su demanda que ingresó a prestar servicios en fecha 01.11.1979, mientras que la parte demandada nada dijo sobre ello, por lo que corresponde hacer efectivo el apercibimiento normado en el art. 60 del CPL... En cuanto a su categoría, el actor denunció ... Administrativo A del CCT 749/18, y sobre lo cual nada dijo ... Así lo declaro."
Sobre el distracto y su justificación:
"Surge claro del carteo entre las partes que ante la negativa a abonar los items reclamados -entre ellos salarios de enero a junio del 2021- el actor se dio por despedido por telegrama del día 03.08.21... la patronal acreditar que se había realizado el pago de los rubros intimados... lo que no se acreditó en autos y por lo que el despido indirecto dispuesto por el actor en fecha 03.08.21 resultó justificado, resultando por tanto el trabajador acreedor de las indemnizaciones derivadas del mismo conforme el art. 246 de la LCT."
Planilla y liquidación (extracto):
"Resumen condena total ... Total $ condena al 31/03/2024 $ 27.130.677,58"
¿Cómo votaron los jueces?
Voto del Vocal preopinante Adrián M. Díaz Critelli con fundamentos extensos; voto de la Vocal Maria del Carmen Domínguez adhiriendo en iguales términos. No hubo disidencia.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Leyes que cita
- Ley 20.744Ley de contrato de trabajo
- Ley 25.323Contrato de trabajo
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.