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Cámara de Apelaciones

GARCIA SILVANA VALERIA c/ CARLINO HNOS S.A. s/ COBRO DE PESOS

La actora promovió demanda laboral por despido, indemnizaciones por despido discriminatorio y daño moral. La Cámara de Apelación del Trabajo confirmó la mayoría de la sentencia de primera instancia (declarándose injustificado el despido y procedentes diversas indemnizaciones) pero modificó la regulación de honorarios, revocando el punto relativo a su cálculo.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA DEL TRABAJO - Sala 3 (TUCUMAN)
Fuero
CAMARA DEL TRABAJO - Sala 3
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
202/16
Despido injustificado Discriminacion/mobbing Dano moral (rechazado) Indemnizaciones laborales Regulacion de honorarios Art. 242 lct Ley 26.485 (violencia contra la mujer) Art. 1 ley 25.323 Costas Apelacion parcial

¿Quién es el actor?

García Silvana Valeria (actora/trabajadora).

¿A quién se demanda?

Carlino Hnos S.A. (empresa/empleadora).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cobro de pesos por despido (se alega despido discriminatorio/mobbing, indemnizaciones laborales, daño moral y sanciones por registración deficiente).

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por la actora y se confirmó la sentencia de primera instancia en todo lo que fue materia de agravios (se declaró injustificado el despido, procedieron diversas indemnizaciones por antigüedad, preaviso, integración de mes, diferencias de haberes, indemnización por despido discriminatorio y sanción del art. 2 Ley 25.323). Se admitió parcialmente el recurso de la demandada para revocar y volver a regular el punto IV (honorarios) de la sentencia N°741/19-09-2023, disponiéndose nueva regulación y montos para los letrados y peritos. Se impusieron costas en las proporciones consideradas y se fijaron honorarios de apelación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Bajo estas directrices, adhiero a las consideraciones desarrolladas en la sentencia relativas a la circunstancia que la actora ejerciera su derecho de denunciar a su empleador y superior, no puede ser considerado como injuria laboral, que justifiquen la máxima sanción impuesta a la trabajadora. Así lo declaro."

"Así las cosas, tal como traté precedentemente al abordar la misiva extintiva y la causal de despido invocada por el empleador, no se encuentra justificado el despido directo de la principal (art. 242 LCT) toda vez que, no puede considerarse injuria laboral la denuncia de la trabajadora de situaciones de acoso laboral por parte de un superior."

"En mérito a lo expuesto, corresponde admitir los agravios expuestos por el apelante, revocar la regulación de honorarios practicada en el punto IV de la sentencia definitiva Nº 741 de fecha 19/09/2023, dictada por el Juzgado del Trabajo de la VI Nom. y proceder a una nueva regulación conforme a la siguiente: 1) A la letrada Luisa Graciela Contino ... en la suma de $562.801,45 ... 2) Al letrado Christian Adrián Francisco Mansilla ... en la suma de $309.540,79 ... (y demás regulaciones consignadas)."

¿Cómo votaron los jueces?

Voto preopinante de la Dra. Marcela Beatriz Tejeda y adhesión de la Dra. Graciela Beatriz Corai; el bloque dispositivo final confirma la decisión allí consignada.

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