BARRIONUEVO GABRIELA EDITH c/ CAMPOS JORGE ENRIQUE s/ COBRO DE PESOS
La actora demandó por cobro de pesos/indemnizaciones laborales por despido y falta de registración, reclamando remuneraciones e indemnizaciones desde julio de 2014 hasta abril de 2019. La Cámara del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda y condenó al demandado a pagar $4.449.262,64, por entender probada la relación laboral clandestina y que la pretensión actoral no fue desvirtuada.
¿Quién es el actor?
Gabriela Edith Barrionuevo.
¿A quién se demanda?
Jorge Enrique Campos.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de pesos por indemnizaciones laborales (antigüedad, preaviso, SAC proporcional y sobre preaviso, indemnizaciones ley 25.323 arts. 1 y 2, art. 182 LCT, art. 80 LCT y diferencias salariales) por despido y falta de registración; se denunció prestación de servicios no registrada desde 01/07/2014 hasta 17/04/2019.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación del demandado y se confirmó en todo lo atacado la sentencia N°500 de 31/10/2024; se condenó al pago por un total de $4.449.262,64 y se impusieron costas y regulación de honorarios de segunda instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Por sentencia N°500 de fecha 31/10/2024 dictada por el Juez subrogante del Juzgado del Trabajo de Primera Instancia ... se resolvió hacer lugar a la demanda promovida por Gabriela Edith Barrionuevo en contra de Campos Jorge Enrique, a quien se condenó a pagar a la actora la suma total de $4.449.262,64 (Pesos cuatro millones cuatrocientos cuarenta y nueve mil doscientos sesenta y dos con 64/100), en concepto de en concepto de indemnización por antigüedad, preaviso, SAC proporcional y sobre preaviso, indemnización art. 1 y 2 ley 25323, art. 182 LCT, art. 80 LCT y diferencias salariales."
"Analizados los argumentos expuestos por el recurrente y confrontados con la sentencia apelada y las constancias de la causa, anticipo mi opinión de que el recurso no debe prosperar... En suma, estimo que las declaraciones bajo examen han resultado eficaces para formar convicción sobre la existencia de una prestación de servicios de Gabriela Edith Barrionuevo en las condiciones denunciadas en la demanda; ello por cuanto las deponentes fueron coincidentes cuando aseveraron que la nombrada actora prestaba servicios en la tienda de ropas del demandado."
"RESUELVE I- NO HACER LUGAR al recurso de apelación interpuesto por el demandado Jorge Enrique Campos... En consecuencia, confirmar la sentencia apelada en lo que fue materia de agravios, en mérito a lo considerado II- COSTAS DE SEGUNDA INSTANCIA, conforme lo considerado. III- REGULAR HONORARIOS generados en esta instancia: ..."
¿Cómo votaron los jueces?
unanimidad (Vocales Seguí y Stordeur votaron por confirmar).
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Leyes que cita
- Ley 20.744Ley de contrato de trabajo
- Ley 25.323Contrato de trabajo
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