ROYO ISAAC ALFREDO c/ CITYTECH S.A. s/ COBRO DE PESOS
El actor promovió acción de cobro de pesos contra Citytech S.A. por remuneraciones e indemnizaciones por $11.416.229,50. La Corte Suprema de Justicia hizo lugar al recurso de casación interpuesto por la demandada, casó la sentencia de la Cámara y remitió los autos para que se dicte un nuevo pronunciamiento aplicando la doctrina legal indicada.
¿Quién es el actor?
SR. ISAAC ALFREDO ROYO (CUIT 20-32927757-8).
¿A quién se demanda?
CITYTECH S.A. (C.U.I.T. 30-70908678-9).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de pesos por rubros laborales (indemnización por antigüedad, preaviso, días trabajados, integración mes de despido, SAC proporcional, vacaciones no gozadas, diferencias salariales, art. 2 Ley 25.323, doble indemnización DNU 34/19, etc.) por la suma de $11.416.229,50, con imposición de costas y regulación de honorarios en ambas instancias.
¿Qué se resolvió?
La Corte hizo lugar al recurso de casación interpuesto por la demandada, casó íntegramente la sentencia de la Sala VI de la Cámara de Apelación del Trabajo de fecha 22/11/2024 y remitió los autos a la Cámara de origen para que la Sala que corresponda dicte nuevo pronunciamiento. Se imponen las costas de la instancia extraordinaria por el orden causado y se reserva regulación de honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Por todo lo expresado, corresponde Hacer Lugar al recurso de casación interpuesto por la demandada dejando sin efecto íntegramente la sentencia impugnada conforme a la siguiente doctrina legal: 'Los criterios establecidos por la Corte Suprema de Justicia de Tucumán conociendo por vía de casación constituyen doctrina judicial obligatoria y vinculante para los tribunales inferiores, cuando la identidad del caso a resolver encuadra en el precedente'. En consecuencia, corresponde remitir estos actuados a la Excma. Cámara del Trabajo, para que por la Sala que corresponda, dicte nuevo pronunciamiento."
"El pronunciamiento impugnado resolvió: 'I. RECHAZAR el recurso de apelación articulado por CITYTECH SA contra la sentencia definitiva N° 219 del 26/04/2023, dictada por el Juzgado del Trabajo de la 10° Nominación, la que se confirma en lo que fuera materia de apelación y agravios, por lo considerado. II. HACER LUGAR al recurso de apelación deducido por el actor... por la suma de $11.416.229,50 (pesos once millones cuatrocientos dieciséis mil doscientos veintinueve con 50/100)... II) RECHAZAR PARCIALMENTE la demanda... ABSOLVER a la accionada CITYTECH S.A., de abonarle al actor el rubro: multa artículo 80 de la LCT...'"
Asimismo, la sentencia remite y aplica la doctrinal referida en el precedente "Aranda Patricio Damián vs. Citytech S.A. s/ Cobro de pesos" (sent. n° 1166 del 06/9/2024) y sintetiza la conclusión de aquel precedente sobre la validez y aplicabilidad de cláusulas remuneratorias de los CCT Nros. 1622/2019E y 781/20, señalando, entre otros pasajes: "Resulta, entonces, jurídicamente acertada la conclusión sentencial relativa a que, en el caso, las partes... establecieron una jornada de labor inferior a la máxima habitual de la actividad y que, por lo tanto, es lógico y válido que el dependiente reciba un salario atado a la cantidad de horas efectivamente cumplidas, de acuerdo a las disposiciones del artículo 198 de la LCT..."
¿Cómo votaron los jueces?
La sentencia fue acordada por unanimidad de la Sala (doctores/as Claudia Beatriz Sbdar, Eleonora Rodríguez Campos y Daniel Leiva), adhiriendo los dos últimos a los fundamentos de la preopinante.
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Leyes que cita
- Ley 20.744Ley de contrato de trabajo
- Ley 25.323Contrato de trabajo
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