VERA AUGUSTO ALEJANDRO c/ CITYTECH S.A. s/ COBRO DE PESOS
El actor promovió cobro de pesos contra Citytech S.A. por relación laboral y aplicación del CCT 781/20. La Corte Suprema provincial hizo lugar parcial a la casación, casó la sentencia apelada en puntos sustanciales (remuneración, costas y honorarios) y remitió la causa a la Cámara de Apelación del Trabajo para nuevo pronunciamiento, declarando inadmisible en parte el agravio relativo al DNU 70/23 y la Ley 27.742.
¿Quién es el actor?
Vera Augusto Alejandro.
¿A quién se demanda?
Citytech S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de pesos por relación laboral; determinación de la remuneración aplicable en función del Convenio Colectivo de Trabajo 781/20 y reclamaciones accesorias (multas, costas, honorarios).
¿Qué se resolvió?
Se declaró parcialmente inadmisible el recurso de casación respecto del planteo vinculado al DNU 70/23 y la Ley 27.742; se hizo lugar parcialmente al recurso de casación interpuesto por la demandada, se casó parcialmente la sentencia impugnada (punto I, salvo lo resuelto respecto de las multas de arts. 80 LCT y 2 Ley 25.323), se dejó sin efecto los puntos resolutivos II (costas) y III (honorarios) y se reenviaron los autos a la Cámara de Apelación del Trabajo para que dicte nuevo pronunciamiento. Las costas de la instancia de casación se imponen por el orden causado; se reserva pronunciamiento sobre honorarios profesionales.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Con relación al planteo vinculado a la aplicación del DNU 70/23 y la Ley 27.742, la recurrente no desarrolla razones suficientes, idóneas, que den cuenta de que la cuestión debatida exceda el interés particular de los litigantes y ataña a la colectividad en su conjunto, vulnere algún principio constitucional básico y la conciencia de la comunidad, pueda resultar frustratoria de derechos de naturaleza federal o comprometa la regular prestación del servicio de justicia o de los servicios públicos (en idéntico sentido, 'Cruz Yussef Efraín vs. Citytech S.A. s/ Cobro de pesos', sent. n° 1370 del 04/10/2024). Consecuentemente, el recurso es parcialmente admisible y corresponde abordar en lo pertinente su procedencia."
"Por todo lo expresado, corresponde Hacer Lugar al recurso de casación bajo examen y consecuentemente Casar Parcialmente la sentencia impugnada, puntos dispositivos I -salvo lo resuelto respecto de los rubros multas de los arts. 80 LCT y 2 de la Ley 25.323- conforme a la siguiente doctrina legal: 'Los criterios establecidos por la Corte Suprema de Justicia de Tucum án conociendo por vía de casación constituyen doctrina judicial obligatoria y vinculante para los tribunales inferiores, cuando la identidad del caso a resolver encuadra en el precedente'. En consecuencia, corresponde Dejar sin efecto también los puntos resolutivos II (costas) y III (honorarios) y Reenviar el expediente a la Cámara de Apelación del Trabajo para que, por la Sala que corresponda, dicte en lo pertinente nuevo pronunciamiento."
Dispositivo final (transcripción):
"I. DECLARAR PARCIALMENTE INADMISIBLE y, por ende, MAL CONCEDIDO, el recurso de casación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia de la Sala II de la Cámara de Apelación del Trabajo del 19/8/2024 en relación al planteo vinculado a la aplicación del DNU 70/23 y la Ley 27.742 conforme lo expresado en el punto 2 de los considerandos.
II. HACER LUGAR PARCIALMENTE al recurso de casación interpuesto por la parte demandada. En consecuencia, CASAR PARCIALMENTE la sentencia impugnada, punto dispositivo I –salvo lo resuelto respecto de los rubros multas de los arts. 80 LCT y 2 de la Ley 25.323– en base a la doctrina legal expresada en los considerandos; DEJAR SIN EFECTO también los puntos resolutivos II (costas) y III (honorarios) y REENVIAR el expediente a la Cámara de Apelación del Trabajo para que, por la Sala que corresponda, dicte en lo pertinente nuevo pronunciamiento.
III. COSTAS como se consideran.
IV. RESERVAR pronunciamiento respecto de los honorarios profesionales.
HÁGASE SABER."
¿Cómo votaron los jueces?
Sentencia unánime; las doctoras Sbdar y Rodríguez Campos y el doctor Leiva votaron en idéntico sentido (3-0) adhiriendo a los fundamentos y a la doctrina invocada.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Leyes que cita
- Ley 20.744Ley de contrato de trabajo
- Ley 27.742Ley de bases y puntos de partida para la libertad de los argentinos
- Ley 25.323Contrato de trabajo
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.