JUAREZ LUCAS ALFREDO c/ CENTRO MEDICO ARGENTA S.R.L s/ COBRO DE PESOS
El actor promovió demanda laboral por despido y cobro de pesos reclamando salarios, indemnizaciones y multas vinculadas al contrato de trabajo. La Cámara de Apelación hizo lugar parcialmente a la apelación, modificó la liquidación corrigiendo el adicional por escalafón y dictó sustitutiva condenando a la demandada al pago de $12.918.078,16 y la entrega de certificaciones laborales.
¿Quién es el actor?
Lucas Alfredo Juárez (DNI 35.548.759).
¿A quién se demanda?
Centro Medico Argenta SRL (CUIT 30-70883365-3).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de pesos por salarios adeudados (mayo-julio 2019), SAC, diferencias salariales, indemnización por antigüedad, preaviso, integración mes de despido, vacaciones proporcionales, multas (art. 80 LCT, ley 25.323, ley 24.013), y reparaciones por acto discriminatorio gremial (art. 17 LCT / ley 23.551).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente a la apelación; se dictó sustitutiva y se condenó a la demandada al pago de $12.918.078,16 por rubros laborales especificados; se absolvió a la demandada respecto de SAC sobre vacaciones, multa art. 132 bis LCT e indemnización por ley 23.551 (arts. 50 y 52, 4º párr.); se ordenó entrega de certificación de servicios y certificado de trabajo; se regularon honorarios (primera instancia y alzada) y se impusieron costas en alzada distribuidas 70% vencida demandada / 30% actor respecto de las de la contraria.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Del análisis de la planilla de liquidación surge que se le ha otorgado un 4% por el adicional mencionada, razón por la cual este agravio resulta procedente, debiendo dictarse la sustitutiva conforme los términos del art. 782 CPCyC de aplicación supletoria, correspondiendo practicar nueva planilla. Asimismo queda sin efecto la regulación de honorarios, atento que la modificación de la basa de cálculo afectará el monto de la sentencia. Así lo declaro."
"Ello así en cuanto resulta acertada la decisión del juez aquo en sentido que las vacaciones tienen carácter indemnizatorio conforme art. 156 LCT (excepción al principio de no compensación) y no remuneratorio, en tanto conforme disposiciones del art. 155 LCT las vacaciones no son compensables en dinero y por lo tanto no corresponde el cálculo del SAC."
"En consecuencia de lo expuesto, asistiéndole razón al sentenciante, este agravio se rechaza. Así lo declaro."
Y el bloque dispositivo final (sustitutiva):
"I. HACER LUGAR PARCIALMENTE a la demanda promovida por LUCAS ALFREDO JUAREZ ... En consecuencia, se condena a ésta al pago de la suma de $12.918.078,16 (pesos doce millones novecientos dieciocho mil setenta y ocho con 16 ctvos) en concepto salarios adeudados ... Asimismo, corresponde ABSOLVER a la demandada del pago de los rubros SAC s/ vacaciones, multa art. 132bis LCT e indemnización art. 50 y art. 52, 4° párrafo, ley 23.551, todo ello conforme lo meritado."
¿Cómo votaron los jueces?
Voto de la Dra. Marcela Beatriz Tejeda (preopinante) con fundamentos extensos; el Sr. Vocal Adrián Marcelo R. Díaz Critelli adhirió “en igual e idéntico sentido”. No se registran disidencias.
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Leyes que cita
- Ley 24.013Ley de empleo
- Ley 20.744Ley de contrato de trabajo
- Ley 25.323Contrato de trabajo
- Ley 23.551Asociaciones sindicales
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