JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

LUNA, CRISTIAN SEBASTIAN c/ ZURICH INTERNACIONAL LIFE LIMITED SUCURSAL ARGENTINA s/ CONTRATO ORDINARIO

El actor reclamó como consumidor el pago del valor de rescate de pólizas de seguro y daños por incumplimiento en la información y trato. La Cámara de Apelaciones confirmó la procedencia del rescate y de los intereses, redujo el daño moral a $30.000 y revocó la multa por “daño punitivo”.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL COMUN - Sala 2 (TUCUMAN)
Fuero
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL COMUN - Sala 2
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
254/17
Consumo Rescate de poliza Dano moral Danos punitivos Intereses moratorios Nulidad Apelacion Deber de informacion Trato digno Pericia actuarial.

¿Quién es el actor?

Cristian Sebastián Luna.

¿A quién se demanda?

Zurich International Life Limited Sucursal Argentina (ZILLSA).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Pago del valor de rescate de pólizas de seguro con capitalización; indemnización por daño moral; imposición de multa civil por actos desaprensivos (daño punitivo); intereses.

¿Qué se resolvió?

La Cámara negó la nulidad, hizo lugar parcialmente al recurso de apelación de la demandada: confirmó la procedencia del pago del rescate y de los intereses fijados en primera instancia, redujo la indemnización por daño moral a $30.000 y revocó la multa por daño punitivo; distribuyó costas por el orden causado y reservó honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"11. Improcedencia de la multa civil por actos desaprensivos (“daños punitivos”). Falta de fundamentación de la sentencia. De manera preliminar cabe resaltar que el interés particular de la parte actora se encuentra debidamente satisfecho con el rescate de la póliza y la indemnización por daño moral acordada.

Jamás debe perderse de vista que los llamados “daños punitivos” son de aplicación excepcional, ante situaciones realmente graves, y que no tienen carácter resarcitorio, ni son una partida más destinada a engrosar la cuenta indemnizatoria. Son una sanción civil de carácter disuasivo que, fundada en el interés público, tiene como finalidad reprimir actos desaprensivos, ante los cuales la responsabilidad civil se muestra insuficiente por los límites naturales de una reparación integral y la responsabilidad penal por las estrictas exigencias de la tipicidad...

Nada de ello se advierte en la sentencia apelada, por lo que el agravio debe prosperar y revocarse la sanción impuesta."

Y del dispositivo final, transcripto textualmente por ser el mandato del acuerdo colegiado:

"RESUELVE:

I. NO HACER LUGAR a la nulidad interpuesta por la parte demandada contra la Sentencia Nº 2399 de fecha 09/12/2024, dictada por el Sr. Juez en lo Civil y Comercial Común de la XIII Nominación.

II. HACER LUGAR, parcialmente, al recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la Sentencia Nº 2399 de fecha 09/12/2024, dictada por el Sr. Juez en lo Civil y Comercial Común de la XIII Nominación; y, en consecuencia, REVOCAR la multa ($3.113.015) impuesta en concepto de 'daño punitivo' y REDUCIR la condena por 'daño moral' a la suma de $30.000, con más los intereses fijados en la sentencia de primera instancia.

III. DISTRIBUIR las costas de esta instancia por el orden causado.

IV. RESERVAR pronunciamiento sobre honorarios."

¿Cómo votaron los jueces?

decisión por mayoría (dos votos coincidentes: Dres. Benjamín Moisá y María Dolores Leone Cervera). Se advierte que el voto que abre la sentencia fue el del Sr. Vocal Moisá que contiene el razonamiento que sustenta la modificación.

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