CORONEL, DANIEL HUGO c/ ANPAU SRL s/ COBRO DE PESOS
El actor promovió demanda por relación laboral no registrada y reclama remuneraciones, indemnizaciones y rubros conexos. La Cámara de Apelación revocó la sentencia de grado, declaró la existencia de la relación laboral y condenó parcialmente a ANPAU SRL al pago de $3.672.315,27 con condenas e intimaciones accesorias.
¿Quién es el actor?
Víctor Hugo (Daniel Hugo en presentación del recurso) Coronel.
¿A quién se demanda?
ANPAU SRL (CUIT 30-71114418-4).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reconocimiento de relación de dependencia no registrada, salarios adeudados (agosto 2018 y 11 días de septiembre 2018), SACs, diferencias salariales (ago-16 a jul-18), indemnizaciones por antigüedad, preaviso, integración de mes de despido, vacaciones proporcionales, agravantes por Ley 24.013 y Ley 25.323, entrega de documentación art. 80 LCT, entre otros.
¿Qué se resolvió?
Se admitió el recurso de apelación y se dictó sentencia sustitutiva que admite parcialmente la demanda, declara la existencia de relación laboral desde 05/08/2016 hasta 11/09/2018, determina encuadramiento como Auxiliar B CCT 130/75, condena a ANPAU SRL al pago total de $3.672.315,27 (monto calculado y actualizado al 30/06/2025) y dispone entrega de documentación art. 80 LCT bajo apercibimiento y costas y honorarios a cargo de la demandada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Del análisis de las constancias de autos se advierte que la accionada no produjo prueba idónea ni suficiente para acreditar la existencia de un vínculo de naturaleza civil. Por el contrario, como correctamente lo destaca la parte actora en su expresión de agravios, la prueba aportada por ésta permite tener por acreditada una prestación de servicios personales, continuos y en condiciones de subordinación, conforme los artículos 21, 22 y 23 de la LCT."
"En consecuencia, el dispositivo resolvió: 'I) ADMITIR parcialmente la demanda promovida por VÍCTOR HUGO CORONEL... En consecuencia, se condena a la accionada a que, firme la presente, abone al actor en el término de 10 días el monto total de $3.672.315,27 (pesos tres millones seiscientos setenta y dos mil trescientos quince con 27/100), en concepto de Salarios Adeudados (mes de agosto del año 2.018 y 11 días del mes de septiembre del año 2.018), Sueldo Anual Complementario (2° Semestre 2.016, 1° y 2° Semestre Año 2.017 y 1° Semestre Año 2.018), Diferencias Salariales (Agosto a Diciembre año 2.016, Enero a Diciembre Año 2.017 y Enero a Julio Año 2.018), indemnización por antigüedad, indemnización sustitutiva de preaviso, integración del mes de despido, vacaciones proporcionales (Año 2.018), SAC Proporcional, SAC S/Preaviso, SAC S/Integración mes de despido, SAC S/Vacaciones proporcionales, Arts. 8 y 15 de la Ley N° 24.013, 2 de la Ley N° 25.323, 80 de la LCT.'"
¿Cómo votaron los jueces?
Sentencia por mayoría (dos votos coincidentes: Vocal Preopinante Dra. Marcela Beatriz Tejeda y Vocal Conformante Dra. Graciela Beatriz Corai). No hubo disidencia.
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Leyes que cita
- Ley 24.013Ley de empleo
- Ley 20.744Ley de contrato de trabajo
- Ley 25.323Contrato de trabajo
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