TULA RIZO ADRIAN ALEJANDRO c/ MARTORELL LIDIA ESTER s/ DAÑOS Y PERJUICIOS
La demandada, Dra. Lidia Ester Martorell, apeló la limitación impuesta a la dispensa del secreto profesional en un incidente por presunta mala praxis vinculada a un proceso de alimentos. La Cámara de Apelaciones revocó la limitación temporal y amplió la dispensa a la totalidad del expediente n.º 18315/22, manteniendo la prohibición de ventilar datos de la esfera íntima del accionante.
¿Quién es el actor?
Tula Rizo Adrián Alejandro (actor en la demanda por daños y perjuicios).
¿A quién se demanda?
Martorell Lidia Ester (letrada demandada por presunta mala praxis).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Responsabilidad profesional / daños y perjuicios por mala praxis derivados de la actuación de la abogada en el juicio de alimentos caratulado "Apichela, Ana Valeria c/ Tula Rizo Adrián Alejandro s/ Alimentos", Expte. Nº18315/22; incidente sobre dispensa del secreto profesional.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al recurso de apelación de la demandada, revocando la sentencia de fecha 12/03/2026 en cuanto limitó temporalmente la dispensa del secreto profesional; en su reemplazo se dispuso la dispensa respecto de la totalidad de las actuaciones del expediente n.º 18315/22 y las comunicaciones vinculadas, siempre que guarden relación con los hechos en que se funda la demanda de mala praxis, prohibiéndose ventilar cuestiones de la esfera íntima del accionante y su familia. Costas de la instancia en el orden causado; reserva de honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En tal sentido -y a modo de ejemplo, sin agotar las múltiples variables fácticas que podrían plantearse- le asiste razón a la apelante cuando advierte que el actor reclama en la demanda un daño calificado como 'pérdida de chance'; cuya constatación traslada necesariamente la discusión al análisis del sustrato fáctico y probatorio sobre el cual se sustentó la sentencia de primera instancia en el juicio de alimentos.
De allí que impedir el examen de las actuaciones previas a la sentencia de fondo, aparece como una restricción excesiva que desborda los límites de lo estrictamente necesario y vulnera la garantía constitucional de defensa en juicio.
En efecto, el test de proporcionalidad impone verificar si la salvaguarda de la intimidad del accionante requería de modo imprescindible la afectación de las facultades defensivas de la demandada respecto del tramo inicial del juicio de alimentos. Consideramos que se impone la respuesta negativa.
[...] Por todo lo expuesto, corresponde revocar el pronunciamiento impugnado, disponiendo la ampliación de la dispensa del secreto profesional otorgada a la Dra. Lidia Ester Martorell a la totalidad de las actuaciones procesales del expte. n.º 18315/22, caratulado 'Apichela, Ana Valeria c/ Tula Rizo Adrián Alejandro s/ Alimentos', así como las comunicaciones y antecedentes suscitados entre las partes vinculados a dicho proceso, siempre y cuando se relacionen estrictamente con los hechos en que se funda la demanda de mala praxis; manteniéndose la prohibición absoluta de ventilar cuestiones ajenas al pleito que hagan a la esfera íntima del accionante y su familia, bajo su exclusiva responsabilidad."
¿Cómo votaron los jueces?
El dispositivo final (RESOLVEMOS) refleja el acuerdo de la Sala III; los firmantes del fallo son MOVSOVICH, COURTADE y GARCIA DEGANO (constan en la firma digital). El bloque dispositivo revoca la sentencia de primera instancia y extiende la dispensa al total del expediente antecedente.
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