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Cámara de Apelaciones

ALE SILVIA ROSA c/ ACONQUIJA REMISES SRL Y MALDONADO VICTOR RAUL s/ COBRO DE PESOS

La actora reclamó indemnizaciones y diferencias salariales por despido sin registración contra Aconquija Remises SRL y su socio gerente. La Cámara hizo lugar parcialmente a la apelación de la demandada: confirmó la condena principal por $1.906.547,43 pero excluyó la multa del art. 8 de la Ley 24.013, modificando planilla, costas y honorarios.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA DEL TRABAJO - Sala 6 (TUCUMAN)
Fuero
CAMARA DEL TRABAJO - Sala 6
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
1880/16
Despido sin registracion Indemnizacion Multa art. 8 ley 24.013 Responsabilidad solidaria Socio gerente Arts. 59 y 157 lsc Art. 275 lct (multa por conducta temeraria) Costas Honorarios Apelacion laboral.

¿Quién es el actor?

Silvia Rosa Ale, DNI 24.329.208.

¿A quién se demanda?

Aconquija Remises SRL y Víctor Raúl Maldonado (socio gerente), ambos con domicilio en Yerba Buena, Tucumán.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cobro de pesos por indemnización por antigüedad, preaviso, haberes del mes de despido (abril 2016), integración mes de despido, SAC proporcional, vacaciones proporcionales, multas (arts. 8 y 15 Ley 24.013; art. 2 Ley 25.323), art. 80 LCT, diferencias salariales no prescriptas, entre otros rubros.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente al recurso de apelación de la demandada; se modificó la planilla de condena excluyendo la multa del art. 8 de la Ley 24.013 y se recalcularon costas y honorarios. Se confirmó la condena solidaria de los demandados por la suma de PESOS UN MILLÓN NOVECIENTOS SEIS MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE CON 43/100 ($1.906.547,43) en los demás rubros señalados, con regulación de honorarios de instancia y alzada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"A fin de que sea revisada esa decisión por la Alzada, la parte demandada interpone recurso de apelación contra la sentencia en los términos y con los alcances que explicitan los agravios... Al fundamentar el recurso la recurrente critica, en primer lugar, que el sentenciante haya concluido en la existencia de la relación laboral entre las partes, en base a un análisis parcializado de los testimonios... En segundo lugar, la recurrente se agravia de que la sentencia la condene al pago de la multa del artículo 8 de la ley 24013, cuando era un requisito fundamental cumplir con la comunicación a la AFIP establecida en el art. 11 de la mencionada ley, la cual no realizó la actora... En el tercer agravio, la apelante critica que la sentencia haya hecho extensiva la condena al socio gerente de la accionada..."

"Respecto de este agravio adelanto mi decisión de que el mismo debe prosperar, en cuanto la procedencia de la multa del artículo 8 de la Ley 24.013 requiere dos recaudos: 1) que el trabajador intime al empleador en forma fehaciente a la regularización de la situación laboral y 2) remitir no después de 24 horas hábiles a la AFIP copia del requerimiento efectuado al empleador... Por consiguiente, se hace lugar al agravio formulado por la recurrente con relación a esta multa, la que deberá ser deducida de los rubros condenados en la sentencia recurrida. Así lo declaro."

"Tales argumentos no hacen mella para contrarrestar las conclusiones del fallo, en tanto el juez de grado... fundó la extensión de responsabilidad del socio gerente en las prescripciones del art. 54 de la Ley de Sociedades Comercial, sino también en las de los artículos 59 y 157 de dicha ley, que precisamente prevén la responsabilidad solidaria de los administradores y gerentes por el mal desempeño de sus funciones... De la correspondencia intercambiada entre las partes se aprecia que fue el propio socio Maldonado quien contestó en representación de la sociedad las intimaciones cursadas por la actora... lo que provocó el despido indirecto con justa causa de aquella, lo cual implica un evidente abuso de la personalidad jurídica que torna procedente su responsabilidad solidaria por las obligaciones resultantes hacia ella."

(Se incluye además el bloque dispositivo final, que dispone la modificación y la nueva planilla de condena con el importe actualizado a $1.906.547,43, la exclusión de la multa del art. 8 Ley 24.013, la nueva distribución de costas y la regulación de honorarios de ambas instancias.)

¿Cómo votaron los jueces?

la sentencia fue acordada por mayoría; la Dra. María Beatriz Bisdorff expuso el voto principal y el Dr. Guillermo Avila Carvajal adhirió. La Dra. María Ángela Poliche de Sobre Casas dejó el cargo y fue sorteado el Dr. Avila para integrar el tribunal; el texto final refleja el acuerdo de los vocales que integraron la Sala.

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