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Cámara de Apelaciones

HERRERA ESTEBAN MAURICIO c/ RUIZ AUTOMOTORES S.A. s/ COBRO DE PESOS

El actor promovió demanda por cobro de pesos derivada de un despido con causa y reclamó indemnizaciones por despido, preaviso e integración de mes. La Cámara de Apelaciones hizo lugar al recurso de la demandada, revocó la sentencia de primera instancia y rechazó la demanda por entender acreditada la injuria laboral por negligencia del trabajador con apoyo en peritajes y registro fílmico.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA DEL TRABAJO - Sala 5 (TUCUMAN)
Fuero
CAMARA DEL TRABAJO - Sala 5
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
677/24
Despido con causa Injuria laboral Pericia tecnica Video probatorio Art. 242 lct Recalentamiento motor Negligencia profesional Apelacion laboral Costas Honorarios

¿Quién es el actor?

Sr. Esteban Mauricio Herrera (DNI 31.127.347).

¿A quién se demanda?

Ruiz Automotores S.A., Av. Perón N° 1100, Yerba Buena, Tucumán.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cobro de pesos por despido sin causa — indemnización (art. 245 LCT), preaviso, integración mes de despido y Art. 2 Ley 25.323, por un monto que en primera instancia se condenó en $14.353.852.

¿Qué se resolvió?

La Cámara de Apelaciones hizo lugar al recurso de apelación planteado por la demandada y revocó y sustituyó la sentencia de primera instancia, rechazando la demanda promovida por Herrera y absolviendo a Ruiz Automotores S.A. del pago de los rubros reclamados; reguló costas y honorarios conforme al fallo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"I. HACER LUGAR al recurso de apelación interpuesto por la parte demandada en fecha 10/03/2026, en contra de la sentencia de fecha 5 de marzo de 2026 dictada por el Juzgado del Trabajo de la VII° Nominación, conforme a lo considerado.

II. REVOCAR la sentencia de primera instancia, la que se SUSTITUYE de la siguiente forma: ' I. RECHAZAR la demanda promovida por el Sr. ESTEBAN MAURICIO HERRERA ... al que se absuelve del pago de los rubros reclamados en demanda.'"

"Conforme surge de las constancias de autos, la sentencia de primera instancia hizo lugar a la demanda ... al considerar que los extremos fijados en la nota de despido no habían sido probados. De la prueba acompañada en el expediente cobra especial relevancia los dos informes periciales técnicos desarrollados (uno de parte y otro oficial) los que fueron coincidentes a la hora de informar respecto al modo en que debe llevarse a cabo el service de los 40.000 km y la omisión de parte del trabajador accionante respecto a ello, todo lo cual puede verse reflejado en el video acompañado en pendrive por la empresa accionada."

"El Ingeniero Corregidor Carrió, experto de parte, tras analizar la video grabación del servicio, cuya autenticidad no fue desvirtuada oportunamente por el actor, identificó con precisión que el Sr. Herrera omitió tareas críticas, marcadas para el protocolo de los 40.000 km, tales como la lubricación de la cerradura del capó, el control del tubo de escape y, fundamentalmente, la inspección de estanqueidad de los circuitos hidráulicos y de refrigeración, identificando además, la mecánica del daño: una manguera del radiador que, por no estar fijada correctamente, rozó contra la polea hasta perforarse, provocando con ello la pérdida del líquido y la destrucción molecular del motor."

"Ambos expertos coincidieron ... la rotura del motor se debió al recalentamiento por pérdida de líquido refrigerante, que se originó en una manguera mal posicionada ... el vehículo fue entregado en una 'situación fuera de lo normal', termino que define técnicamente un trabajo deficiente donde no se cumplió con la finalidad preventiva del servicio de mantenimiento oficial, resultando una falla inmediata a escasos kilómetros del egreso del taller."

"La magnitud del daño y la certeza de la omisión técnica tornan el despido en una decisión proporcional y ajustada a derecho, en los términos del art. 242 de la LCT, razón por la que ésta Vocalía entiende que, ante la solidez de las pruebas periciales (de los técnicos mecánicos de parte y oficial), como así la documental (pendrive) en que consta el video ... llevan a ésta Vocalía a entender acreditada la causal del despido dispuesta, considerando pertinente, en consecuencia, el rechazo de la demanda."

(Se incluye además el bloque dispositiva original de primera instancia que motivó la apelación, citado en el expediente:)

"I. ADMITIR la demanda promovida por el Sr. ESTEBAN MAURICIO HERRERA ... En consecuencia, condeno a la demandada al pago de la suma total de $14.353.852, en concepto de: indemnización artículo 245 LCT, preaviso, integración mes de despido y Art. 2 de la ley 25.323. ... II. IMPONER LAS COSTAS a la demandada vencida ... III. REGULAR HONORARIOS ..."

¿Cómo votaron los jueces?

La resolución de la Cámara se adoptó por mayoría (voto del Sr. Vocal Adolfo J. Castellanos Murga y adhesión de la Sra. Vocal María Beatriz Bisdorff). No consta disidencia relevante.

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