JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

ALVAREZ LUIS ANTONIO c/ TUCUCOL SRL s/ DESPIDO

El actor demandó por despido y reclamó indemnizaciones, diferencias salariales y reconocimientos de pagos no registrados. La Cámara de Apelaciones del Trabajo – Sala II – confirmó la declaración de despido injustificado, confirmó la admisión y valor probatorio de la prueba digital y testimonial, rechazó la mayoría de los agravios de la demandada y modificó la liquidación corrigiendo errores aritméticos, fijando monto de condena en $64.471.794,05.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA DEL TRABAJO - Sala 2 (TUCUMAN)
Fuero
CAMARA DEL TRABAJO - Sala 2
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
1171/23
Despido injustificado Prueba informatica (whatsapp) Cadena de custodia / preclusion Prueba testimonial / sana critica Horas extra / diferencias salariales Ley 25323 (agravamiento) Liquidacion / planilla aritmetica Costas y honorarios Seguro la estrella (improcedencia) Indemnizacion (lct arts. 232 233

¿Quién es el actor?

Luis Antonio Álvarez (por derecho propio y por apoderado Antonio S. Tejerizo).

¿A quién se demanda?

Tucucol SRL (apoderado Ezequiel R. Isas Pedraza).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

despido (directo) y pago de indemnizaciones (arts. 232, 233, 245 LCT), diferencias salariales (enero 2021–dic.2022), rubros SAC, integ. mes de despido, agravamiento por ley 25323, reconocimiento de horas extra y pagos no registrados, y pago por Seguro "La Estrella".

¿Qué se resolvió?

se rechazó la apelación de la demandada; se admitió la apelación del letrado Tejerizo y la del actor parcialmente; se confirmó que el despido fue injustificado y correspondían las indemnizaciones; se rechazaron impugnaciones a la autenticidad e integridad de pruebas digitales y a la valoración testimonial; se absolvieron determinados rubros (remuneración no registrada de nov/dic 2022, diferencia adicional por encargado por 5 meses y Seguro La Estrella); se revocaron errores aritméticos de la planilla y se recalculó monto de condena fijándolo en $64.471.794,05 (al 30/6/26); se regularon costas y honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

1) Sobre la prueba informática y cadena de custodia:

"Puedo afirmar con certeza profesional que la documentación presentada por la parte actora en la causa se correlaciona de manera exacta con los mensajes de WhatsApp que se encuentran en el dispositivo móvil original…" (perito informática, 1/9/25, CPA8).

"A partir de las imágenes o capturas que se me han presentado para su análisis, no es posible afirmar de manera categórica si han sido adulteradas... La posibilidad de manipulación existe y no puede ser descartada sin un análisis forense de la fuente original…" (aclaración pericial 1/9/25, CPA8).

2) Sobre preclusión y examen en alzada:

"De lo propio dichos de la apelante surge: '...la falta de cadena de custodia desde el año 2022...puesto de manifiesto al momento de interponer la oposición a la admisión de prueba, desoído en oportunidad de resolver tal incidencia...resolución interlocutoria del 8/2/2024…' circunstancia que entonces arribó resuelta, con efecto de cosa juzgada, a la alzada, en autos existe preclusión del tema..." (considerando).

3) Sobre valoración testimonial y prueba de pagos no registrados:

"La totalidad de los testigos ofrecidos por la parte accionante, en cuanto describieron con claridad y contundencia el procedimiento por el que les eran abonadas las horas extra y comisiones, las que coinciden con la evidencia peritada. Ello, me permite inferir, con cierto grado de certeza, que el trabajador percibía efectivamente una suma en efectivo...de lo que concluyo que dichas sumas, se efectuaron en fraude a la ley impositiva y laboral por no encontrarse registradas. Así lo declaro…" (cfr. sentencia n.º 2409 del 2/12/25).

4) Sobre contemporaneidad y despido:

"De ellos, entonces, se puede extraer que la empresa tomó conocimiento de la denuncia al menos antes del 29/12/2022, despidiéndole por dicha causa, recién el 16/01/2023. De esta manera, la injuria laboral debe ser evaluada bajo un paraguas legal que contemple simultáneamente tres parámetros fundamentales: causalidad, oportunidad y proporcionalidad…" (cfr. sent. n.º 2409 del 2/12/25).

5) Bloque dispositivo (resolución y montos):

"La sustitutiva de la sentencia apelada... CONDENA a la demandada a abonar ... la suma de $64.471.794,05, pesos sesenta y cuatro millones cuatrocientos setenta y un mil setecientos noventa y cuatro con 5/100, por los conceptos de indemnización por antigüedad, indemnización sustitutiva de preaviso (Inc. SAC), integración mes de despido, diferencia de sueldo enero 2023, diferencia de vacaciones proporcionales 2022/2023, SAC proporcional, arts. 1 y 2 Ley 25323, diferencias salariales por los periodos de enero 2021 a diciembre 2022, con sus respectivos SAC."

6) Sobre costas y honorarios:

"COSTAS DE PRIMERA INSTANCIA: ... Tucucol soportará sus costas propias más el 90% de las costas del actor... HONORARIOS... Letrado Antonio Severo Tejerizo... $10.992.440,89... Letrado Ezequiel R. Isas Pedraza... $5.995.876,85... Perito Celia Gracia Katz... $1.934.153,82."

¿Cómo votaron los jueces?

decisión adoptada por mayoría (Vocal preopinante Marcela B. Tejeda y Vocal conformante Adrián M. R. Díaz Critelli adhieren; el bloque dispositivo final de la Sala refleja la decisión mayoritaria).

Leyes que cita

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