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Tribunal Superior

ARAOZ FLORENCIA VIVIANA c/ CITYTECH S.A. s/ COBRO DE PESOS

La demandada interpuso recurso de casación contra la sentencia de la Cámara de Apelación del Trabajo por cobro de pesos. La Corte Suprema de Justicia de Tucumán hizo lugar al recurso, casó parcialmente la sentencia N° 67/10-02-2026 y ordenó remitir los autos para que la Cámara dicte un nuevo pronunciamiento con arreglo a la doctrina aplicada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Sala en lo Contencioso Administrativo, Laboral, Civil en Documentos y Locaciones y Cobros y Apremios (TUCUMAN)
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Sala en lo Contencioso Administrativo, Laboral, Civil en Documentos y Locaciones y Cobros y Apremios
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
1087/23
Casacion Cobro de pesos Indemnizacion por antiguedad Preaviso Sac proporcional Multa ley 25.323 Doctrina vinculante Remision Costos Citytech s.a.

¿Quién es el actor?

Aráoz Florencia Viviana (actora/demandante del cobro de pesos).

¿A quién se demanda?

Citytech S.A. (parte demandada que interpuso casación).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de pesos por relación laboral, con reclamos relacionados a indemnización por antigüedad (art. 245 LCT), indemnización sustitutiva por preaviso, SAC proporcional, SAC s/preaviso, multa art. 2 ley 25.323, costas y honorarios.

¿Qué se resolvió?

La Corte hizo lugar al recurso de casación interpuesto por la demandada, casó parcialmente la sentencia N° 67 de la Cámara de Apelación del Trabajo (10/02/2026), dejó sin efecto determinados puntos resolutivos (I en cuanto rechazaba la apelación deducida por la demandada; II salvo respecto de rubros no así los montos referidos a indemnizaciones y multas; III costas; IV honorarios), y remitió los autos para que la Sala correspondiente de la Cámara dicte un nuevo pronunciamiento conforme a la doctrina legal señalada. Las costas de esta instancia se imponen por el orden causado; se reserva pronunciamiento sobre regulación de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"III.- Las cuestiones planteadas en esta causa resultan sustancialmente análogas a las resueltas por esta Corte Suprema en el precedente 'Aranda, Patricio Damián vs. Citytech S.A. s/ Cobro de pesos', sentencia N° 1.166 del 06-09-2.024, a cuya totalidad de fundamentos y conclusiones corresponde remitir, en lo pertinente, por razones de brevedad, y cuyo enlace se adjunta a la presente sentencia, a los fines de garantizar su efectivo conocimiento por las partes en este juicio."

"IV.- En consecuencia, corresponde hacer lugar al recurso de casación incoado por la parte demandada, conforme a la siguiente doctrina legal: 'Los criterios establecidos por la Corte Suprema de Justicia de Tucumán, conociendo por vía de casación, constituyen doctrina judicial obligatoria vinculante para los tribunales inferiores, cuando la identidad del caso a resolver encuadra en el precedente'."

"V.- En mérito a lo expuesto, corresponde hacer lugar al recurso de casación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia N° 67 de la Excma. Cámara de Apelación del Trabajo, Sala V, de fecha 10-02-2.026; y, en consecuencia, casar parcialmente dicha sentencia, dejando sin efecto sus puntos resolutivos I -en cuanto rechaza el recurso de apelación deducido por la parte demandada-; II -salvo respecto de los rubros -no así los montos- referidos a la indemnización por antigüedad (Art. 245 de la LCT); la indemnización sustitutiva por preaviso, sac proporcional, SAC s/preaviso, y la multa Art. 2 ley 25.323- ; III -costas-, y IV -honorarios-, conforme a la doctrina legal enunciada; y REMITIR estos actuados al referido Tribunal a fin de que, por la Sala que por turno corresponda, dicte, en lo pertinente, un nuevo pronunciamiento con arreglo a lo considerado."

¿Cómo votaron los jueces?

La sentencia registra la adhesión de la Dra. Claudia Beatriz Sbdar y del Dr. Daniel Leiva al voto preopinante de la Dra. Eleonora Rodríguez Campos; decisión por unanimidad de la Sala (3 votos en igual sentido).

¿Cómo votaron los jueces?

No se registran votos en disidencia.

Fechas y referencias procesales relevantes: Sentencia apelada Cámara N° 67 de fecha 10/02/2026; recurso de casación concedido por resolución de la Cámara N° 1009 del 22/07/2026; sentencia de esta Corte N° 1342 de fecha 11/09/2026; precedente citado: "Aranda, Patricio Damián vs. Citytech S.A.", sentencia N° 1166 del 06/09/2024.

Leyes que cita

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