QUIROGA CLAUDIA HERSILIA Y OTRO C/ MERCEDES PARK S.R.L. S/ COBRO DE PESOS - LABORAL- RECURSO DE CASACION-
Las actrices promovieron demanda laboral por cobro de pesos e indemnizaciones derivadas de relación de trabajo no registrada y reclamos por aplicación de la Ley 25.323 y art. 80 LCT. El Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso de casación por insuficiente fundamentación y por pretender revisión de valoración probatoria ajena a la casación.
¿Quién es el actor?
QUIROGA CLAUDIA HERSILIA y otra (actoras).
¿A quién se demanda?
MERCEDES PARK S.R.L. y/o quien resulte responsable.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de pesos/indemnizaciones laborales por relación no registrada, aplicación de arts. 1º y 2º de la Ley 25.323, y multa del art. 80 LCT.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de casación interpuesto por la parte actora y se impusieron las costas al recurrente vencido. Consecuentemente quedó firme lo resuelto por la Cámara de Apelaciones (que había modificado los montos fijados en primera instancia).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La argumentación expuesta en el escrito recursivo, en orden a justificar la presencia de las causales que habilitan la casación es por demás insuficiente, y, lejos de demostrar la existencia de algún motivo legal, pone de manifiesto la disconformidad de la recurrente con el fallo que le ha resultado adverso, y el planteo de cuestiones ajenas a esta instancia de excepción."
"Con respecto a la indemnización del art. 80 de la LCT, se estima que corre la misma suerte, por cuanto su crítica refiere a hechos y pruebas de la causa, relativos a la existencia o no de la intimación que dicha norma requiere, cuestión probatoria ajena a la instancia de la casación."
"En definitiva y como consecuencia de lo expuesto, surgiendo así que no se dan los presupuestos señalados en el art. 287 C.P.C. y C., sino que va más allá, pretendiendo rever el criterio de selección y valoración de la prueba rendida en autos, realizada por el Tribunal de Alzada, es que corresponde desestimar el recurso articulado."
¿Cómo votaron los jueces?
No se registra voto en disidencia; todos los ministros (Novillo, Cobo y Corvalán) votaron en igual sentido.
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Leyes que cita
- Ley 20.744Ley de contrato de trabajo
- Ley 25.323Contrato de trabajo
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