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Cámara de Apelaciones

GONZALEZ PEREZ, FROILAN Y OTRO c/ GANADERA SAN ROQUE S.A. s/DESPIDO

Trabajadores demandaron por despido y daño discriminatorio contra Ganadera San Roque S.A. La Cámara modificó parcialmente la sentencia de grado: dejó sin efecto la declaración de inconstitucionalidad de los artículos 7° y 10 de la ley 23.928 y declaró la inconstitucionalidad del artículo 55 de la ley 27.802, manteniendo el régimen de actualización por IPC más 3% anual; confirmó lo demás y elevó honorarios a 190 UMA y 60 UMA.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA I
Fuero
NACIONAL DEL TRABAJO
Jurisdicción
Nacional · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNT 021255/2023/CA001
Despido Discriminacion Actualizacion Ipc Interes 3% anual Inconstitucionalidad articulo 55 ley 27.802 Ley 23.928 articulos 7 y 10 Honorarios uma Costas Sala i cnat

¿Quién es el actor?

Froilán González Pérez y Daniel Eduardo Ramón Romero.

¿A quién se demanda?

Ganadera San Roque S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cobro de indemnizaciones por despido (despido directo con invocación de causa), reparación por distracto discriminatorio (ley 23.592) y demás rubros laborales (indemnizaciones de artículos 245, 232 y 233 LCT, artículo 80 LCT, vacaciones y SAC proporcional, etc.).

¿Qué se resolvió?

La Cámara, por mayoría, modificó parcialmente la sentencia de apelación dejando sin efecto la declaración de inconstitucionalidad de los artículos 7° y 10 de la ley 23.928 y declaró la inconstitucionalidad del artículo 55 de la ley 27.802; dispuso que el capital de condena se actualice conforme al IPC del INDEC más un interés puro del 3% anual (desde la exigibilidad de cada rubro hasta su efectivo pago). Confirmó el resto de la sentencia apelada, elevó los honorarios de la representación letrada de la actora a 190 UMA y los de la perita contadora a 60 UMA, mantuvo costas de primera instancia e impuso las de alzada a la demandada, y reguló honorarios de alzada en el 30% de lo fijado en origen.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Con posterioridad al dictado de la sentencia de primera instancia entró en vigencia la ley 27.802, cuyo artículo 54 estableció, como regla general para los créditos provenientes de las relaciones individuales de trabajo, su actualización conforme la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), con más una tasa de interés pura del tres por ciento (3%) anual, desde que cada suma es debida y hasta su efectivo pago. A su vez, el artículo 55 previó un régimen excepcional para los procesos judiciales en trámite al momento de la entrada en vigencia de dicha ley."

"Esta Sala I, por el voto del Dr. Enrique Catani al que adherí, en la sentencia dictada el 17.03.2026 en los autos 'Mendiguren, Maximiliano Hernán c/ Lavadero Torino S.A. s/ despido', declaró la inconstitucionalidad del artículo 55 de la ley 27.802 por considerar que vulnera los artículos 14, 14 bis, 16 y 17 de la Constitución Nacional, al imponer a quienes ya habían promovido acciones judiciales una reducción del valor de sus créditos fundada exclusivamente en la circunstancia de encontrarse judicializados."

"Por consiguiente, corresponde declarar, para este caso, la inconstitucionalidad del artículo 55 de la ley 27.802 y disponer que el capital de condena se actualice conforme la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), con más un interés puro del tres por ciento (3%) anual, desde la fecha en que cada crédito se tornó exigible y hasta su efectivo pago."

"Como se advierte, el mecanismo de actualización que propongo coincide con el dispuesto en la instancia anterior, por lo que no se altera el resultado económico de la condena. Sin embargo, corresponde dejar sin efecto la declaración de inconstitucionalidad de los artículos 7° y 10 de la ley 23.928, según ley 25.561, que resulta innecesaria a la luz del régimen legal actualmente vigente, y declarar, en su lugar, la inconstitucionalidad del artículo 55 de la ley 27.802."

¿Cómo votaron los jueces?

No consta voto en disidencia; ambos jueces (Vázquez y Catani) adhieren al acuerdo.

Normas que cita

  • Ley 23.928arts. 7, 10 · Convertibilidad del austral
  • Ley 25.561Emergencia publica y reforma del regimen cambiario
  • Ley 27.802arts. 54, 55 · Ley de modernizacion laboral
  • LCT (Ley 20.744)arts. 242, 243, 245, 232, 233, 80, 63, 85
  • Ley 23.592Ejercicio de derechos y garantias constitucionales
  • Ley 25.323art. 2° · Contrato de trabajo
  • CCyCNarts. 770, 804 · Codigo civil y comercial de la nacion
  • CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Ley 27.423arts. 30, 38 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • Acordada 31/2020 (Csjn)art. Anexos I y II
  • Acordada 4/2020 (Csjn)art. punto n°11
  • Acordada 15/13 (Csjn)art. 4°
  • Ley 20.744

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