AMOR ZULMA ELSA Y OTRO c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS
Amparo colectivo de jubiladas docentes contra ANSES por la aplicación del tope del art. 9 de la ley 24.463; se solicitó la inaplicabilidad del tope y el reintegro de descuentos. El Juzgado Federal Nº4 hizo lugar a la demanda, declaró inconstitucional e inaplicable el art. 9 de la ley 24.463 respecto de los haberes docentes y ordenó a ANSES abonar el beneficio sin ese tope y liquidar los retroactivos dentro de 30 días hábiles.
¿Quién es el actor?
AMOR ZULMA ELSA (DNI 10.478.766) y LLOVERAS CLAUDIA ROBERTA (DNI 13.071.795).
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Amparo para declarar la inconstitucionalidad o inaplicabilidad de la Circular Anses Prev 05-0819 o cualquier norma que implemente la deducción y tope del artículo 9 de la ley 24.463 sobre el haber previsional de jubiladas docentes; pedían además el reintegro de las sumas descontadas y el pago de intereses, y que no se practiquen retenciones por impuesto a las ganancias sobre eventuales retroactivos.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda; se declaró la inconstitucionalidad e inaplicabilidad del artículo 9 de la ley 24.463 en relación con el beneficio de jubilación de las actoras; se ordenó a ANSES que abone los haberes sin aplicar dicho tope y que liquide y abone los retroactivos devengados conforme las pautas del decisorio, todo dentro del plazo de 30 días hábiles; costas a cargo de ANSES; diferimiento de regulación de honorarios de las actoras para la etapa de ejecución (ley 27.423) y aplicación del art. 2 ley 27.423 para la dirección letrada de la demandada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
1) "El objeto de la pretensión es obtener la declaración de inaplicabilidad del artículo 9 de la ley 24.463 sobre el haber previsional de la actora obtenido por sus servicios docentes, en los términos de la Ley 24.241 + Decreto 137/2005."
2) "Siguiendo con el razonamiento indicado en el considerando anterior, no es posible considerar válido sostener en el universo de jubilados docentes la aplicación de la escala de deducción y del tope máximo previsional previstos en el artículo 9 incisos 2 y 3, respectivamente de la ley 24.463 ... sin alterarse injustamente el principio de igualdad garantizado por el artículo 16 de la Constitución Nacional. Conforme a ello, cabe considerar inaplicable el artículo 9 de la ley 24.463 cuestionado en la demanda sobre el beneficio de jubilación de la actora."
3) Sobre el carácter no imponible de los retroactivos: "No corresponde afectar impositivamente el saldo retroactivo percibido en concepto de diferencias por prestaciones previsionales mal abonadas. Ello así, pues ninguna duda cabe que la percepción de las acreencias de esta naturaleza no puede constituir nunca un hecho imponible y menos todavía ser pasibles de gravamen alguno, sin colocar en serio riesgo el principio de integridad del que gozan las prestaciones previsionales" (cita de Sala II, "Vicente, Elisa Nélida c/ Anses ... 26.2.2010").
4) Prescripción y alcance temporal: "Siendo la fecha de la demanda el 13.05.2026, las diferencias retroactivas devengadas serán desde el 01.06.2024 toda vez que de la consulta de los beneficios de ambas actoras ... se ha corroborado que el descuento se les ha realizado desde dicha fecha."
5) Intereses: "se liquidarán desde que cada suma es debida conforma la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina (conf. CSJN in re 'Spitale, Josefa Elida c/ Anses ...' sentencia del 14.9.2004)."
¿Cómo votaron los jueces?
No se registran votos en disidencia en el texto; la resolución que prevalece es la indicada en la Parte Resolutiva Final.
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Normas que cita
- Ley 24.463art. 9 · Solidaridad previsional
- Ley 24.241art. 168 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Decreto 137/2005
- Ley 24.016Docentes
- Ley 16.986arts. 8, 14 · Amparo
- Ley 18.037art. 82 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
- Ley 27.423art. 2 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- Acordada 10/2025 (Csjn)art. punto 7 in fine
Fallos que cita
- "Vicente, Elisa Nélida c/ Anses"Cámara Federal de la Seguridad Social Sala II · 26/02/2010
- "Calderón Carlos Héctor c/ Anses s/ Reajustes Varios"Cámara Federal de la Seguridad Social · 12/06/2017
- "García María Isabel c/ AFIP S/ Acción meramente declarativa de inconstitucionalidad"CSJN · 26/03/2019
- "Capra Bruno Gualterio Cesare"Cámara Federal de la Seguridad Social Sala I · 22/09/2020
- "Spitale, Josefa Elida c/ Anses s/ impugnación de resolución"CSJN · 14/09/2004
- "Villalba, Silvina Elizabeth"Cámara Federal de la Seguridad Social Sala I
- "Rubio, Mónica Liliana"Cámara Federal de la Seguridad Social Sala I
- "Rodríguez, Raúl Alejandro"Cámara Federal de la Seguridad Social Sala II
- "Daino, Sandra Rossana"Cámara Federal de la Seguridad Social Sala II
- "Galarza, María Elena"Cámara Federal de la Seguridad Social Sala III
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