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Primera Instancia

BIANCO JOSE LUIS c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS

Amparo de jubilado docente contra ANSES por la aplicación del artículo 9 de la ley 24.463 sobre tope previsional. El Juzgado nacional de la Seguridad Social hizo lugar a la demanda, declaró inconstitucional e inaplicable el artículo 9 respecto del caso y ordenó a ANSES abonar el haber sin aplicar el tope y pagar los retroactivos en 30 días.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL 4
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 023331/2026
Jubilacion docente Ley 24.463 art. 9 Inconstitucionalidad Anses Retroactivos Impuesto a las ganancias Tope previsional Amparo Ley 24.241 Decreto 137/2005

¿Quién es el actor?

Sr. BIANCO JOSE LUIS, DNI 12.255.066.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Amparo para declarar la inconstitucionalidad/inaplicabilidad del artículo 9 de la ley 24.463 respecto del haber previsional del actor (jubilado docente), obtener el reintegro de las sumas descontadas por ese concepto y que no se aplique el tope en lo sucesivo; además, que no se retenga el Impuesto a las Ganancias sobre eventuales retroactivos.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda; se declaró la inconstitucionalidad e inaplicabilidad del artículo 9 de la ley 24.463 en relación con el beneficio de jubilación del actor; se ordenó a ANSES abonar el beneficio sin aplicar el tope y liquidar y abonar el retroactivo devengado dentro de 30 días hábiles; costas a cargo de ANSES; diferimiento de regulación de honorarios conforme ley 27.423.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Siguiendo con el razonamiento indicado en el considerando anterior, no es posible considerar válido sostener en el universo de jubilados docentes la aplicación de la escala de deducción y del tope máximo previsional previstos en el artículo 9 incisos 2 y 3, respectivamente de la ley 24.463 según su beneficio fue otorgado conforme la ley 24016 o conforme la ley 24.241 + el Decreto 137/2005, sin alterarse injustamente el principio de igualdad garantizado por el artículo 16 de la Constitución Nacional."

"Conforme a ello, cabe considerar inaplicable el artículo 9 de la ley 24.463 cuestionado en la demanda sobre el beneficio de jubilación de la actora."

"Por lo expuesto la Anses deberá abstenerse de aplicar, sobre el haber de jubilación de la actora el tope previsto por el artículo 9 de la ley 24.463, como, asimismo, deberá reintegrar los montos retenidos oportunamente por tal concepto, considerando a tal efecto el plazo prescriptivo que seguidamente se indicará."

"En consecuencia, corresponde seguir los lineamientos expuestos y disponer que la Anses, al momento de abonar las sumas retroactivas que pudieran resultar por medio de la presente, se abstenga de efectuar descuento alguno en concepto de impuesto a las ganancias."

¿Cómo votaron los jueces?

No se registran votos en disidencia en el decisorio final presentado.

Normas que cita

Fallos que cita

  • Vicente, Elisa Nélida c/ Anses s/ Ejecución previsionalSala II CFSS · 26/02/2010
  • Calderón, Carlos Héctor c/ Anses s/ Reajustes Varios12/06/2017
  • García, María Isabel c/ AFIP s/ Acción meramente declarativa de inconstitucionalidadCSJN · 26/03/2019
  • Spitale, Josefa Elida c/ Anses s/ impugnación de resoluciónCSJN · 14/09/2004
  • Capra, Bruno Gualterio CesareSala I CFSS · 22/09/2020
  • Villalba, Silvina ElizabethSala I CFSS
  • Rubio, Mónica LilianaSala I CFSS
  • Rodríguez, Raúl AlejandroSala II CFSS
  • Daino, Sandra RossanaSala II CFSS
  • Galarza, María ElenaSala III CFSS

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